SIC
Integración de Coca-Cola con Bavaria no va más: queda en firme objeción de SuperIndustria
Los peticionarios desistieron de interponer el recurso de reposición ante la objeción de la entidad de control. Por lo tanto, queda en firme la decisión tomada previamente por la SIC.
La operación de integración de las empresas Bavaria S. A. & Cía. S. C. A., Industria Nacional de Gaseosas, Embotelladora de La Sabana, Compañía de Transporte de Bebidas, Compañía de Servicios Comerciales y Coca-Cola Bebidas de Colombia S. A. ha sido objetada y no procederá en los términos de ley.
La decisión de objeción que previamente había anunciado la Superintendencia de Industria y Comercio queda en firme debido a que los peticionarios desistieron del recurso de reposición que estaba en el horizonte, luego de la posición adoptada por el organismo de control.
El objetivo de los peticionarios era crear una alianza estratégica en Colombia, por medio de la cual pudieran integrar la distribución y venta de sus respectivos productos, sumando también otras actividades como la compra de bienes, servicios, materias primas y suministros, entre otros ámbitos. Pero la SIC consideró que dicha petición podría llevar a ejercer prácticas restrictivas de la competencia.
Desde el año pasado
La solicitud venía caminando desde 2020. Sin embargo, luego de surtir varios trámites, la Superintendencia –en diciembre del año pasado– anunció que pasaría al estudio de fondo de la solicitud de autorización hecha por las empresas.
Dentro del relato alrededor del caso que hizo la SIC, se destaca que varias compañías consultadas o de manera espontánea se opusieron a la solicitud de autorización de la operación de integración. A cada una de las oposiciones les respondieron las empresas peticionarias de la alianza.
Durante este 2021 continuó el proceso de evaluación que adelantaba la Superintendencia, por lo que, en marzo de este año, el organismo de control requirió nuevamente información a las empresas que pedían la integración. No obstante, la idea de que se juntaran las ventas, la publicidad, la compra de materias primas, la cadena logística y la fabricación de las tapas les daría a las participantes de la integración una posición de dominancia.
Además de los análisis económicos y de la información suministrada por los involucrados, la SIC indagó por su cuenta, consultando otras empresas, como restaurantes que participan como clientes en los mercados objeto de la operación.
Con toda esa variedad de perspectivas en torno a la petición, y una vez completadas las diferentes fases del proceso, la SIC procedió a objetar la integración propuesta por las empresas en mención.
La operación abría una puerta gigante, presentada por los solicitantes como una oportunidad de complementariedad entre las empresas. Pero, con antelación a la expedición de la resolución de la Superintendencia, varios expertos ya habían advertido que podría formarse un conglomerado tan poderoso que terminaría por acaparar más clientes, dificultando las posibilidades de competencia entre los demás actores del mercado.
En contra de la resolución que establecía la objeción a la operación de integración solicitada, procedía el recurso de reposición. En esa instancia del proceso, los peticionarios tenían la oportunidad de presentar argumentos para rebatir la decisión de la SIC, pero el organismo de control, el 7 de mayo, recibió un escrito en el que le manifestaban no solo su “diferencia con las razones jurídicas y económicas por las que se objetaba la operación”, sino que desistían de presentar el recurso de reposición.
En consecuencia, queda así en firme la objeción hecha por la Superintendencia a la integración solicitada por los peticionarios.