“Mientras empresas se siguen asfixiando, gobierno obstaculiza mecanismos de recuperación empresarial”: Fernando Bustos, experto en procesos de insolvencia
Fernando Bustos sobre los "obstáculos" del gobierno para la recuperación empresarial. | Foto: Suministrada / Getty Images

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“Mientras empresas se siguen asfixiando, gobierno obstaculiza mecanismos de recuperación empresarial”: Fernando Bustos, experto en procesos de insolvencia

El experto cuestionó con firmeza la decisión del Gobierno de bloquear los nuevos mecanismos de recuperación.

Redacción Economía
10 de septiembre de 2024

En un contexto de crisis empresarial sin precedentes, el Gobierno nacional ha “bloqueado” la entrada en vigencia de nuevos mecanismos diseñados para la salvaguarda y recuperación de empresas, a pesar de que estos fueron aprobados por el Congreso. La Superintendencia de Sociedades ha reportado un aumento histórico en el número de empresas en proceso de insolvencia, que ha subido de 4.022 a 4.716 en lo que va del año, marcando un incremento del 17.25 %. Además, entre enero y agosto de 2024, la entidad ha recibido solicitudes de insolvencia de 1.091 empresas, una cifra que supera en un 31 % la de 833 solicitudes registradas durante el mismo período del año anterior.

Fernando Bustos, director de Bustos y Cía. Consultores y reconocido experto en procesos de insolvencia empresarial, criticó con firmeza la decisión del Gobierno de bloquear los nuevos mecanismos de recuperación. En su opinión, “el régimen de insolvencia empresarial colombiano se encuentra reglado principalmente en la Ley 1116 que data de 2006, es decir, de hace ya 18 años”.

Bustos recordó que antes de la pandemia se había discutido ampliamente la necesidad de actualizar esta legislación para hacerla más eficaz en la protección de empresas, empleos y créditos. Tras intensas jornadas de trabajo en las que participaron diversos sectores académicos, empresariales y el mismo gobierno, el Congreso aprobó los Proyectos de Ley 365 de 2024 y 106 de 2023, los cuales fueron enviados para sanción presidencial. Sin embargo, el Ejecutivo objetó el proyecto, impidiendo su entrada en vigencia.

Durante la pandemia, se implementaron procedimientos extraordinarios mediante los Decretos 560 y 772 de 2020, que resultaron ser efectivos en la protección de empresas y empleos. A pesar de los resultados positivos, el gobierno expresó una objeción por inconveniencia a la adopción permanente de estos procedimientos, alegando que podrían poner en riesgo la estabilidad laboral y la protección de los derechos de los trabajadores. Bustos rechazó esta objeción, afirmando que “no existe ninguna justificación de tipo técnico o legal que sustente la objeción por inconveniencia; la prelación de los créditos laborales y los derechos de los trabajadores se mantienen intactos e incluso, mejor protegidos”.

El experto también destacó que los nuevos procedimientos propuestos ofrecerían escenarios de conciliación menos formales y menos técnicos, permitiendo a los trabajadores participar de manera más directa, incluso sin representación judicial.

Presidente Gustavo Petro
El experto cuestionó con firmeza la decisión del Gobierno del presidente Gustavo Petro de bloquear los nuevos mecanismos de recuperación. | Foto: SEMANA

“Los nuevos procesos ofrecen escenarios de conciliación, que son menos formales y menos técnicos, en los que los trabajadores, incluso sin representación judicial, podrían participar más fácilmente de manera directa”, explicó Bustos.

Además, los procesos más cortos reducirían la incertidumbre y facilitarían la normalización de la actividad empresarial, favoreciendo la conservación de los puestos de trabajo. Bustos agregó que “los cambios en los procedimientos de liquidación, también favorecen la satisfacción de obligaciones laborales”.

En cuanto a los tiempos de espera para la satisfacción de las deudas, Bustos destacó que la mayoría de acuerdos de reorganización tienen períodos de gracia de dos años, lo que, sumado a la duración actual del proceso de aproximadamente otros dos años, resulta en unos cuatro años para que los trabajadores empiecen a recibir sus pagos atrasados. Con los nuevos procedimientos, se podría tramitar un acuerdo en un término de tres a seis meses, reduciendo en más de año y medio el tiempo para que la empresa atienda sus deudas con los trabajadores.

“Con los nuevos procedimientos, se puede tramitar un acuerdo en un término de tres a seis meses, lo que reduciría en más de año y medio el tiempo para que la empresa atienda sus deudas con los trabajadores”, sostuvo Bustos.

Además, Bustos enfatizó que proteger a los empleados implica también proteger las empresas. “Lo más importante para proteger a los empleados es conservar los puestos de trabajo, teniendo en cuenta que las condiciones y prerrogativas laborales se mantienen, independientemente del tipo de procedimiento que se adelante: los nuevos procedimientos contienen mecanismos que facilitan el acceso y la continuidad de la empresa, lo que garantiza la continuidad de los empleos. Desconoce el gobierno, que para proteger los empleos es imprescindible proteger la empresa. No puede haber trabajadores si se muere la empresa y la protección de derechos laborales, sin empresa, resulta inocua”, explicó.

De acuerdo con Superintendencia de Sociedades, más de mil organizaciones hicieron solicitud de insolvencia empresarial el año pasado.
La Superintendencia de Sociedades ha reportado un aumento histórico en el número de empresas en proceso de insolvencia, que ha subido de 4.022 a 4.716 en lo que va del año, marcando un incremento del 17.25 %. | Foto: Getty Images

Uno de los sectores más afectados por la crisis actual es el de la construcción, que es intensivo en mano de obra y genera más de un millón y medio de empleos en el país. En lo que va de 2024, la cantidad de constructoras en insolvencia ha aumentado en un 17.5%, y el sector de la construcción de vivienda ha experimentado la mayor crisis en su historia. Bustos advirtió que la falta de implementación de la nueva legislación podría tener graves consecuencias para los compradores de vivienda.

“La nueva legislación contiene elementos especiales que protegen a los compradores de vivienda, que comprenden desde requerimientos adicionales de información a las constructoras hasta facilidades para que se transfieran los inmuebles a los compradores”, dijo Bustos. Aseguró que tanto el sector de la construcción como los compradores de vivienda encontrarían grandes alivios con la entrada en vigencia de los nuevos procedimientos.

Finalmente, Bustos enumeró los principales beneficios de la nueva legislación, que incluye un acceso más expedito a los procedimientos, la posibilidad de salvar empresas en inminente liquidación y la reducción de tiempos y costos en los procesos de reorganización y liquidación.

“Por una parte, el acceso expedito a los procedimientos hace efectiva la protección de la empresa que ya no tendría que esperar varios meses para que su solicitud sea aceptada; la posibilidad de salvar empresas en inminente liquidación y el levantamiento automático de medidas cautelares, favorecen la continuidad de la empresa y de los puestos de trabajo. Por otra parte, la creación del procedimiento de recuperación ante las cámaras de comercio y de un proceso corto y desjudicializado, favorecen el acceso, reducen los costos y facilitan la participación de las partes. Los procesos de reorganización y de liquidación, abreviados, reducen en cerca de año y medio los tiempos. Finalmente, múltiples disposiciones como mecanismos de financiación para las empresas en insolvencia, descarga de pasivos, acuerdos por categorías, entre muchas otras, resultan favorables y necesarias tanto para la empresa como para sus acreedores”.

El proyecto de ley regresará al Congreso para su revisión. Una vez revisado y surtido el correspondiente trámite legislativo, deberá regresar nuevamente para la sanción presidencial. La comunidad empresarial y los trabajadores permanecen a la expectativa de la resolución final de esta crucial legislación.