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Multan a empresas de acueducto por cobros no autorizados a usuarios durante la pandemia
De acuerdo con la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, los cobros no autorizados en la facturación de servicios se dieron durante la cuarentena decretada por la pandemia de covid-19 en 2020.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios sancionó a la Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla (Triple A), al Acueducto Metropolitano de Bucaramanga y a las empresas de servicios públicos de acueducto de Chaparral y de Natagaima, en el Tolima, al evidenciar cobros no autorizados en la facturación de los servicios durante la cuarentena declarada por la pandemia de covid-19 en el año 2020.
De acuerdo con la SuperServicios, Triple A incumplió la obligación de medir las cantidades de residuos sólidos a los suscriptores con aforo permanente del servicio público de aseo en el municipio de Puerto Colombia, Atlántico, entre febrero y julio de 2020.
Esta situación afectó el derecho de los usuarios a la medición y cobro del servicio, de acuerdo con la producción real de residuos sólidos, por lo que Triple A deberá pagar 653 millones de pesos como sanción.
Por su parte, el prestador de acueducto de Bucaramanga fue multado con 478 millones de pesos por emitir facturación con base en medición por promedio, sin acreditarse imposibilidad o excepción alguna que la justificara en periodos bimestrales de marzo-abril y abril-mayo de 2020.
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La sanción por 59 millones de pesos al prestador de acueducto de Chaparral se impuso por emitir facturación sin cumplir algunos requisitos legales establecidos en la ley, mientras que la multa de 30 millones de pesos a la Empresa de Acueducto de Natagaima se ordenó al comprobarse que facturó por promedio a los usuarios durante el mes de abril de 2020, sin acreditar imposibilidad alguna para hacer la lectura de los medidores.
La superintendente Natasha Avendaño García aseguró que “estas sanciones, que suman en conjunto más de 1.220 millones de pesos, son resultado de investigaciones iniciadas por la SuperServicios ante denuncias y reclamos de los usuarios de los servicios públicos por presuntos cobros no autorizados en la época del aislamiento obligatorio por la pandemia en el año 2020″.
La Superintendencia aseguró que a las cuatro empresas sancionadas se les ha garantizado el derecho de defensa y se encuentran en el plazo legal para presentar sus recursos de reposición ante la entidad.
Millonaria multa a laboratorio Lafrancol
La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó al Laboratorio Franco Colombiano Lafrancol con una multa de 1.253 millones de pesos luego de verificar que excedió el precio máximo de venta para algunos medicamentos que se comercializan en el país.
La SuperIndustria impuso la sanción al comprobarse que Lafrancol, en calidad de laboratorio productor, importador y comercializador de estos medicamentos, los vendió excediendo el precio máximo fijado por la autoridad regulatoria.
Para el caso particular, autoridades verificaron las operaciones realizadas por Lafrancol encontrando que comercializó medicamentos que fueron adquiridos con recursos públicos y que sobrepasaron el precio máximo fijado por el Gobierno nacional en porcentajes que llegaron hasta el 403,05 %.
Específicamente, fueron 12 los medicamentos que estaba vendiendo Lafrancol con precios excesivos, los cuales se usan para tratar diferentes padecimientos:
- Normolip nf: trata niveles muy elevados de triglicéridos.
- Disgrasil: inhibidor específico de lipasas gastrointestinales.
- Valsartan y Valtan: control de la presión arterial elevada.
- Rinobudex: prevenir y aliviar los síntomas de estornudos, secreción nasal, pólipos nasales.
- Lukast: usado para prevenir sibilancias.
- Atelit: tratamiento en síndrome coronario agudo.
- Furoato: acción antialérgica y antiinflamatoria local.
- Drugtech: utilizado como inhibidor de la recaptación de serotonina y de noradrenalina.
- Valcote: usado como tratamiento alternativo de la manía en la enfermedad bipolar.
- Montelukast: utilizado para mejorar los síntomas del asma.
- Lafigin: trata las enfermedades como la epilepsia y el trastorno bipolar.
- Betaplex: se usa como tratamiento para la hipertensión arterial.
La Superintendencia de Industria y Comercio aseguró que contra la decisión de multar a Lafrancol con 1.253 millones de pesos proceden los recursos de reposición y de apelación.