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Multan a Mattel por no informar sobre riesgos reales de una mecedora para bebés
La compañía le dio a entender a los consumidores que las medidas adoptadas obedecían a una extensión de la garantía y no una campaña de seguridad.
Mattel Colombia, filial de la famosa empresa estadounidense dedicada a la fabricación y distribución de juguetes, fue multada por la Superintendencia de Industria y Comercio por vulnerar el derecho de sus consumidores en el país.
De acuerdo con la SuperIndustria, Mattel Colombia deberá pagar 700 millones de pesos por no informales a sus consumidores el riesgo real e inminente asociado al producto “F-P Mecedora Rock ‘n Play Sleeper” para bebés de la marca Fisher-Price.
Por el contrario, según la Superintendencia, Mattel Colombia les dio a entender a los consumidores de este producto que las medidas adoptadas obedecían a una extensión de la garantía y no una campaña de seguridad, a pesar de que esta se promovió en razón a la muerte de 30 niños en Estados Unidos.
Además, se encontró que Mattel Colombia intervino en la campaña ordenando a los consumidores que retiraran dos conexiones que eran parte del producto con el fin de que este quedara inservible.
En algunos casos requirió que el mismo fuera resguardado al menos seis meses y en otros casos solicitó la retoma del producto a las oficinas de Mattel. Solo cuando todo lo anterior fuera acreditado se hacía la entrega de un kit de juguetes marca Fisher-Price o en algunos casos la devolución del dinero.
La SuperIndustria aseguró que el actuar de la compañía es contraria a lo dispuesto en el Decreto 1074 de 2015, al incumplir su obligación de informar de manera directa e inmediata a los consumidores acerca de las medidas correctivas implementadas y los medios dispuestos para recoger, aislar, devolver o intervenir los productos, en el marco de la campaña de seguridad.
Dentro de la investigación que adelantaron autoridades, también se probó que Mattel Colombia, en el marco de la campaña de seguridad, solicitó a algunos consumidores la presentación del recibo de compra del producto como condición para acceder a esta, imponiendo así condiciones adicionales a las señaladas en la ley para hacer efectivos sus derechos.
Ordenan devolver a usuarios de Montería cobros no autorizados
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios identificó cobros no autorizados en las tarifas aplicadas por la Empresa del Servicio de Aseo de Montería (Urbaser) entre julio de 2017 y abril de 2021, que deberán ser devueltos a los usuarios de la compañía.
De acuerdo con el control tarifario realizado por la Dirección Técnica de Gestión de Aseo de la SuperServicios, se evidenció que Urbaser aplicó de manera incorrecta la metodología tarifaria expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).
Entre julio de 2017 y abril de 2021 la empresa incluyó cobros no autorizados en el Incentivo a la Regionalización, que impacta el costo de disposición final de los prestadores que atienden los municipios de Ayapel, Buenavista, Lorica, Montelíbano, Moñitos, Planeta Rica, Canalete, Cotorra, Los Córdobas, Pueblo Nuevo, Puerto Escondido, Tierralta, Valencia, San Antero, Puerto Libertador, Momil, San Andrés de Sotavento y La Apartada, en el departamento de Córdoba, y el municipio de Caimito en Sucre, que disponen en el relleno sanitario Loma Grande.
El director técnico de Gestión de Aseo de la SuperServicios, Armando Ojeda Acosta, indicó que “el control tarifario y la identificación de esos cobros a devolver por Urbaser son resultado de los compromisos adquiridos con los usuarios ante las quejas e inquietudes presentadas en un ejercicio de participación ciudadana desarrollado en el 2021 en Montería”.
Además, aseguró que los resultados del análisis de las tarifas aplicadas fueron presentados al prestador Urbaser, que deberá hacer un cronograma de los recursos que debe devolver y a los que tienen derecho los usuarios afectados. La devolución se realizará vía tarifa en la factura.
Así mismo, la Superintendencia identificó presuntos errores de cálculo en el valor base de remuneración de la actividad de aprovechamiento, durante el mismo periodo de evaluación, situación que debe ser aclarada y soportada por Urbaser. Para los demás componentes de la tarifa del servicio público de aseo no se evidenciaron valores que superen los máximos permitidos por la metodología tarifaria.
La SuperServicios afirmó que seguirá efectuando un seguimiento a este caso para garantizar la efectiva devolución de los recursos a los suscriptores del servicio público de aseo, a través de los prestadores de aquellos municipios que disponen en el relleno sanitario Loma Grande, diferentes a Montería.