Economía

Nuevas normas se alistan en Colombia para que Uber, Netflix y otras plataformas paguen impuestos

Cuando pasen cierto nivel de ventas o usuarios, se considerará que están establecidas en el país y, por lo tanto, deberán pagar impuesto de renta.

5 de julio de 2023
Las plataformas de streaming aumentan los precios de su servicio.
Las plataformas de streaming aumentan los precios de su servicio. | Foto: Composición de SEMANA con imágenes de Getty Images

Luego de la aprobación de la reforma tributaria en Colombia, el gobierno de Gustavo Petro ha dado un paso importante en la regulación de las plataformas digitales al establecer condiciones para que empresas como Netflix y Uber paguen impuestos sobre sus ingresos en el país.

Esta medida, que se basa en la figura de “presencia económica significativa”, busca garantizar una mayor equidad fiscal en el entorno digital y promover la contribución de estas plataformas al desarrollo económico de Colombia.

La ley 2277 de 2022, conocida como reforma tributaria, introdujo la figura de “presencia económica significativa”, que establece que las plataformas de servicios digitales deben pagar impuestos en el país.

Después de seis meses desde la entrada en vigencia de la reforma, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha publicado las normas que reglamentarán esta figura a partir del próximo año.

Según lo establecido en el borrador del decreto, las personas y entidades no residentes en Colombia estarán sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios si tienen una presencia económica significativa en el país y obtienen ingresos por la venta de bienes o la prestación de servicios a clientes ubicados en territorio nacional.

Esto se aplica a actividades como la publicidad online, la venta de contenidos digitales y los servicios de transmisión de programas de televisión y películas.

Reforma tributaria impactaría a plataformas digitales extranjeras.
Reforma tributaria impactaría a plataformas digitales extranjeras. | Foto: AFP / API

El impuesto también se aplicará a los servicios digitales prestados desde el exterior, como la publicidad online, los contenidos digitales, los servicios de transmisión y la monetización de información y datos de usuarios ubicados en Colombia.

La normativa establece que las plataformas con ingresos superiores a 31.300 UVT (Unidades de Valor Tributario) deberán pagar el impuesto. Esta cifra corresponde a poco más de 1.300 millones de pesos colombianos.

Smart TV / Plataforma 'streaming'.
El Gobierno colombiano busca asegurar que las plataformas digitales contribuyan al desarrollo económico del país y cumplan sus responsabilidades tributarias. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Es importante destacar que las personas y entidades no residentes en Colombia podrán optar por declarar y pagar una tarifa del 3 % sobre la totalidad de los ingresos brutos derivados de la venta de bienes y/o prestación de servicios digitales desde el exterior, vendidos o prestados a usuarios ubicados en Colombia. Esta opción les permitirá evitar la aplicación de ciertos artículos del Estatuto Tributario.

Con la implementación de estas normas, el Gobierno colombiano busca asegurar que las plataformas digitales contribuyan al desarrollo económico del país y cumplan sus responsabilidades tributarias.

La figura de “presencia económica significativa” busca garantizar una mayor equidad fiscal en el entorno digital, ya que estas empresas obtienen beneficios económicos significativos en Colombia y es justo que contribuyan al sistema tributario del país.

Las plataformas digitales han experimentado un crecimiento exponencial en los últimos años, transformando la manera en que las personas consumen servicios y productos. Es fundamental que estas empresas se sometan a las mismas obligaciones fiscales que las empresas tradicionales, lo que contribuirá a un sistema tributario más equitativo y sostenible en Colombia.

Uber
UBER
(Foto de ARCHIVO)
25/7/2019
Colombia ha experimentado dificultades para gravar las actividades de las plataformas digitales, debido a las normas internacionales que solo permiten gravar a las empresas extranjeras. | Foto: UBER

Según lo establecido en el texto de la reforma tributaria, Colombia ha experimentado dificultades para gravar las actividades de las plataformas digitales, debido a las normas internacionales que solo permiten gravar a las empresas extranjeras cuando tienen una presencia física fija y una duración mínima de actividades de un año en el país.

Sin embargo, el Ministerio de Hacienda señala que, en la era de la digitalización de la economía, la presencia física y la duración de un año ya no son requisitos necesarios para llevar a cabo actividades de gran relevancia desde el punto de vista económico.

La solución propuesta por la comunidad internacional solo abarca alrededor de 108 empresas con una facturación anual superior a los 20 billones de euros y solo transfiere el derecho de gravar las utilidades en un porcentaje mínimo, que representa menos del 0,5 % del total de recaudación actual. Esto, según estimaciones de la Dian y expertos en la materia.

Ante esta situación, la reforma tributaria busca establecer condiciones para que las plataformas digitales paguen impuestos sobre sus ingresos en Colombia, permitiendo así una mayor equidad fiscal y contribución al desarrollo económico del país.