Trabajo
Ojo: así es cómo se debe pagar la prima de servicios a los trabajadores domésticos
El no pago de este reconocimiento puede representar para el empleador multas de un día de salario, por cada día de mora. Alrededor de 635.000 personas en el país se encuentran ocupadas en actividades de servicio doméstico.
El Ministerio del Trabajo recordó a empleadores y particulares que contratan a trabajadores domésticos, que deben realizar el pago oportuno de la prima de servicio, a más tardar, el próximo martes 20 de diciembre.
El pago de este reconocimiento a favor de los trabajadores del servicio doméstico, se encuentra contemplado en el marco del cumplimiento de la Ley 1788 del 7 de julio de 2016; por lo que cobija a todo aquel empleado que preste servicios realizando tareas de aseo, cocina, lavado, planchado, jardineros, cuidadores de fincas, conductores de servicio familiar, niñeras y mayordomos.
Es importante resaltar que la multa por el no pago de esta prima a un empleado doméstico, es la misma que se aplica para cualquier trabajador en Colombia, contemplada en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo. “La no cancelación de este tipo de prestaciones sociales genera multas de un día de salario por cada día de mora, lo que significa, entre 1 a 5 millones de pesos, en valores de 2022″, aseguró la ministra de Trabajo, Gloría Inés Ramírez.
¿Y cuál es la fórmula para calcular la prima para los empleados domésticos? De acuerdo con la Cartera Laboral del país, este pago se saca de la siguiente manera: el salario base por los días laborados y este resultado se divide en 360. Si el trabajador laboró menos días, el procedimiento se debe realizar con el número de jornadas completadas.
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Por ejemplo, una persona que gana un salario mínimo al mes, equivalente a un millón de pesos; más el subsidio de transporte de $117.172 y se divide en 360. La totalidad se fracciona en dos pagos (junio y diciembre), lo que significa que tiene derecho a una prima de servicios de $558.586 al año.
Para el caso de una persona que labora un día a la semana se multiplica por las 4.33 semanas que tiene el mes, es decir, el salario diario que es de $50.000 X 4.33 para un sueldo mensual de $216.500. Mientras que, si trabaja dos días a la semana, se multiplica 4.33 X 2 X 50.000.
“La prima es una prestación social que corresponde a 30 días de salario laborado por año, el cual debe reconocerse en dos desembolsos: uno a mitad de año, máximo el 30 de junio y la otra a más tardar los primeros 20 días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo laborado (diario, semanal, quincenal o de tiempo completo). Esto significa que el empleado recibirá 15 días de salario dos veces al año”, resalta el MinTrabajo.
Otra opción para realizar el cálculo es por medio de ‘Mi Calculadora’, un portal que está incorporado en la página web del Ministerio del Trabajo y que permite, de una forma rápida y sencilla, conocer cuánto es el valor a pagar por este concepto. Es importante aclarar que la herramienta genera estimativos de liquidación de prestaciones sociales; por lo que, los datos que arroje la plataforma, una vez evalué la información que reporte sobre su liquidación, le permitirán al empleador, así como al trabajador doméstico, saber cuánto es lo que va a recibir por la prima de servicio.
Para usar este aplicativo que ha dispuesto el Gobierno nacional, se debe ingresar a la pestaña de ‘Atención al Ciudadano’ y seleccionar la opción “Trámites y Servicios”. Luego, diríjase a mano derecha, donde encontrará unas columnas con varias pestañas, donde dará clic en ‘Mi Calculadora’, que aparece en la parte final. Luego, ingresar los valores que se solicitan con base al contrato laboral y en pocos minutos, la plataforma le permitirá visualizar los valores proyectados para el caso de la prima.
Es importante resaltar que, según datos del Ministerio del Trabajo y que corresponden al primer semestre del año, alrededor de 635.000 personas en el país se encuentran ocupadas en actividades de servicio doméstico.