MOVILIDAD

Plataformas tecnológicas de movilidad presentaron acciones legales ante “persecución del Gobierno”

Cerca de 750.000 colombianos hacen parte de la economía digital colaborativa.

20 de agosto de 2021
Uber (Foto Cortesía)
Uber (Foto Cortesía) | Foto: Cortesía Uber

La firma Robledo Abogados, en representación de Alianza In, denunció persecución sistemática del Gobierno nacional en contra de sus afiliados, así como de los usuarios y conductores que prestan servicios de movilidad privada a través de diversas plataformas tecnológicas.

Ante esta persecución que se materializa en distintas actuaciones, la firma de abogados presentó una demanda demanda contra la Superintendencia de Transporte ante el Consejo de Estado para que esa máxima autoridad judicial declare la nulidad de la Circular No. 15 de 2020.

Con esta Circular, el actual Superintendente Camilo Pabón pretende, “de manera ilegal, obligar a que las distintas autoridades de tránsito de las alcaldías interpreten que usuarios, conductores y plataformas tecnológicas de movilidad violan la ley y deban ser sancionados”, según los juristas.

De igual forma, aseguran que lo cierto es que su actividad es “totalmente lícita”, pues se trata de la prestación de servicios de movilidad privada entre un ciudadano que requiere movilizarse y un particular con carro particular que está dispuesto a movilizarlo.

“La Circular No. 015 de 2020 hace parte de una serie de actuaciones del Gobierno que, junto con diferentes decisiones sancionatorias que se han impuesto contra las plataformas tecnológicas de movilidad, buscan proteger el interés particular del gremio de taxistas, desconociendo el derecho de los usuarios pasajeros a elegir libremente cómo movilizarse, el derecho al trabajo de los conductores, la libre competencia, la innovación tecnológica, y la inversión nacional y extranjera” afirmó Pablo Felipe Robledo, socio de Robledo Abogados.

En ejecución de esta estrategia de persecución sistemática contra las plataformas tecnológicas de movilidad, sus usuarios y afiliados, la Superintendencia de Transporte expidió la Circular No. 015 de 2020, con el fin de obligar a las entidades territoriales, sin ser competente para ello, a iniciar actuaciones administrativas sancionatorias contra las plataformas de movilidad, los usuarios y conductores, so pena de imponer a dichas autoridades y sus representantes sanciones económicas.

En otras palabras, la Superintendencia amenaza a las autoridades municipales con investigarlas y sancionarlas, si no inician acciones sancionatorias contra plataformas de movilidad, usuarios y conductores.

Para Robledo, la circular viola los derechos de los consumidores, la libre competencia económica, el principio de moralidad administrativa, el principio de autonomía de las entidades territoriales y fija interpretaciones caprichosas de lo que debe entenderse por transporte público y privado, tratando de extender la regulación del transporte público creada en 1993, a nuevos tipos de movilidad colaborativa que ni siquiera existían para esa fecha.

Estas acciones instauradas a través de Robledo Abogados pretenden proteger la libertad de elección de los ciudadanos, el acceso a más y mejores servicios de movilidad, el desarrollo tecnológico e ingresos económicos para el sustento de más de 200.000 hogares en los que viven alrededor de 750.000 colombianos que hacen parte de esta economía digital colaborativa.

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