SANCIÓN
Por muerte del perro Homero, Easyfly recibió millonaria sanción
Una persona natural también fue hallada culpable y también deberá pagar una multa por no entregar información completa.
La Superintendencia de Transporte sancionó a Easyfly S.A., Aerocafeteros S.A., Velotax Ltda y a una persona natural por infringir las normas de transporte de mascotas.
En el caso de Easyfly, la investigación a la aerolínea se relaciona con el perro de nombre Homero, que falleció mientras volaba en la ruta Puerto Asís – Cali. Dicha empresa infringió el artículo 6 de la Ley 1480 de 2011 y el numeral 3.10.3.4 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia 3 (RAC 3), al prestar el servicio de transporte del perro de nombre Homero sin calidad, idoneidad y sin cumplir las obligaciones del transporte.
Por su parte, también se sancionó a una persona natural en este caso y se le encontró responsable de no suministrar al usuario la información a la que legalmente estaba obligada al momento de vender el tiquete, pues no indicó que para transportar a su mascota requería llevar un guacal. La sanción impuesta por la Superintendencia es de $11.197.387 equivalentes a 12.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
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El superintendente Camilo Pabón Almanza señaló que “estas decisiones recuerdan a las empresas de todos los modos de transporte que deben velar por la salud de las mascotas de sus usuarios durante los recorridos. La Superintendencia de Transporte, continuará acompañando a los viajeros desde la prevención y promoción con el fin de velar por sus derechos e informar sus deberes a la hora de emprender cualquier viaje”.
Cabe mencionar que la entidad impuso otras dos sanciones por situaciones similares. El primero se trata de la mascota de nombre Paris que era transportada por la sociedad Aerocafeteros S.A., por vía terrestre y falleció al momento de llegar a su destino en Cali.
Dentro de la investigación se encontró que se prestó el servicio sin calidad e idoneidad, ni se entregó la información necesaria respecto a ese servicio de transporte. La sanción impuesta a dicha empresa es de $27.255.780 equivalentes a 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
El último caso fue el de dos perros transportados por vía terrestre Pereira-Ibagué en lo que aparentemente era un costal, servicio operado por Velotax, empresa sancionada por un monto de $13.627.890 equivalentes a 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes, por no asegurar la calidad ofrecida por la misma empresa al momento de prestar el servicio de transporte de estos dos animales.
La entidad de control y vigilancia mencionó que estas decisiones son de primera instancia y están sujetas a recursos. Contra los actos administrativos que decidieron cada una de las respectivas investigaciones, procede el recurso de reposición y apelación. La Superintendencia de Transporte garantizará el debido proceso y el derecho de defensa.
La Superintendencia de Transporte, la Policía Nacional y el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) trabajaron conjuntamente en el desarrollo de la Guía para el Transporte de Animales de Compañía y Mascotas y las 10 Acciones para el Transporte de Animales y Mascotas, el cual se encuentra publicado en el espacio “SuperEducativo” en la página web.
Es importante mencionar que las mascotas y animales domésticos pueden ser llevados en el transporte público en cuanto suponen el ejercicio del derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad de los usuarios.
De igual manera, los animales de asistencia también son un derecho, en cuanto facilitan y garantizan la accesibilidad de las personas que los requieren, debido a una discapacidad o necesidad médica debidamente acreditada.
“Los usuarios del servicio de transporte público en el modo aéreo, terrestre y acuático podrán transportar sus mascotas y animales de asistencia, siempre y cuando sean tenidos y transportados en condiciones de salubridad, seguridad, comodidad y tranquilidad”, aclara la guía de la Superintendencia.