ECONOMÍA
RIP S.A. Parte II
Hace un tiempo escribí un artículo sobre el difícil dilema de la transparencia o la privacidad, refiriéndome al tema de tener que revelarle constantemente a terceros y autoridades los últimos beneficiarIos reales de las sociedades, especialmente a la DIAN, a través del Registro Único de Beneficiarios Reales o RUB, entidad que solicita esta información con lujo de detalles.
Expresé con preocupación que esta tendencia hacia la transparencia, importante claro para controlar la evasión fiscal y prevenir los delitos financieros, nos lleva al extremo de desnaturalizar la Sociedad Anónima.
Así mismo vaticiné el principio del fin de esta estructura societaria vital para realizar negocios a cualquier escala, limitando la responsabilidad de sus accionistas personas naturales y preservando su anonimidad, muy preciada en un país como el nuestro en el que el robo, la estafa y la extorsión están a la orden del día. Yo me pregunto si la transparencia está por encima del derecho a la protección de los datos personales.
El anuncio de la firma del convenio interadministrativo entre la Dian y la Superintendencia de Sociedades ahonda aún más un camino ya pedregoso hacia la desnaturalización de la SA. Lo digo no por otra razón que la tendencia reciente que he visto de la Superintendencia de Sociedades de encaminar cada vez más sus investigaciones sobre procesos de determinación de la situación de control y grupo empresarial a que el resultado final sea reportar al último beneficiario real persona natural, sin consideración en algunas ocasiones, de si realmente es el controlante o no. Algunas veces la Superintendencia prefiere de una vez llegar a las personas naturales arriba de la cadena societaria que bien pueden ser los últimos beneficiarios reales pero que no necesariamente en todos los casos son los controlantes efectivos y quienes toman las decisiones al interior de ciertas estructuras societarias.
Dado que la situación de control se inscribe y se ve reflejada en el certificado de existencia y representación legal de las sociedades, al cual tiene acceso libre el público en general, se está con esto impidiendo que rija el principio de anonimidad de la sociedad anónima y con esto se está realizando una especie de levantamiento del velo corporativo de facto. La Superintendencia de Sociedades que debería ser el guardián y protector último de la sociedad anónima podría ser uno de sus principales verdugos, contribuyendo en parte a que se esté desdibujando este tipo societario.
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En efecto, en abril de este año, se anunció que la Superintendencia de Sociedades y la DIAN, firmaron un convenio interadministrativo para la entrega de la información del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB), lo que permitirá fortalecer sus funciones de inspección, vigilancia y control, poniendo aún más en peligro a la SA, pues, a mi juicio, una vez que la Superintendencia de Sociedades tenga este acceso libre a la información revelada en el RUB para un propósito muy distinto a determinar la situación de control de una sociedad, está a un paso de determinar que todas las personas naturales que son los últimos beneficiarios reales son los controlantes de las sociedades y nada más alejado de la realidad en muchos de los casos. Ojalá me equivoque pues beneficio real no equivale a control.
Mi invitación es a encontrar vías que garanticen la protección de la privacidad de los beneficiarios reales, al tiempo que se cumple con los objetivos de transparencia con el fin de mantener y fomentar la inversión, el emprendimiento y la actividad empresarial en el país.
Lina Uribe García
Socia de Corporativo, Fusiones y Adquisiciones de Gómez Pinzón Abogado