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Contra esta decisión de imponer una multa a la ETB proceden los recursos de reposición y apelación. | Foto: Getty Images/iStockphoto

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Sancionan a ETB por no responder solicitudes e inconformidades de sus usuarios

Algunos usuarios presentaron reclamaciones en la empresa, pero no se encontró ninguna evidencia que permitiera inferir que fueron respondidas.

18 de abril de 2022

En su rol de autoridad nacional de protección a los usuarios de servicios de comunicaciones, la Superintendencia de Industria y Comercio impuso a la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB) una sanción por 245 millones de pesos.

La empresa deberá pagar esta suma por haber desconocido el derecho que les asiste a los usuarios a que las peticiones, quejas/reclamos y recursos (PQR) sean atendidos y resueltos dentro de la oportunidad y legal, además de ser contestadas, de manera integral, cada una de las pretensiones expuestas en las PQR.

Así mismo, la ETB está en la obligación de poner en conocimiento de los usuarios las respuestas emitidas, so pena de que opere el silencio administrativo positivo, figura en virtud de la cual, el operador debe acceder de manera favorable a las solicitudes de los usuarios, siempre que las mismas se encuentren dentro del marco legal de competencia de la SuperIndustria.

Esta sanción se impuso luego que la Superintendencia de Industria y Comercio tuviera conocimiento de algunas denuncias interpuestas ante la entidad, en las cuales se advirtió que los usuarios presentaron reclamaciones en la sede de la empresa y no existía ninguna evidencia que permitiera inferir que hubiesen sido objeto de respuesta.

En el marco de la investigación administrativa se pudo comprobar que, en los casos de dos de los usuarios denunciantes, el operador sancionado incurrió en la omisión al deber de atender y contestar, en la oportunidad legal y de forma integral, las inconformidades presentadas por los usuarios.

De acuerdo con la SuperIndustria, esta conducta permitió la configuración de la figura del silencio administrativo positivo y como consecuencia de ello, se impartieron órdenes administrativas al operador, consistentes en atender de manera favorable las solicitudes que fueron objeto de la investigación, respecto de las cuales operó la mencionada figura.

La Superintendencia de Industria y Comercio aseguró que contra esta decisión de imponer una multa de 245 millones de pesos a la ETB proceden los recursos de reposición y apelación.

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De acuerdo con la SuperIndustria, la conducta de la ETB con sus usuarios permitió la configuración de la figura del silencio administrativo positivo. | Foto: Cortesía

Multan a Mattel por no informar sobre riesgos reales de una mecedora para bebés

Mattel Colombia, filial de la famosa empresa estadounidense dedicada a la fabricación y distribución de juguetes, fue multada por la Superintendencia de Industria y Comercio por vulnerar el derecho de sus consumidores en el país.

De acuerdo con la SuperIndustria, Mattel Colombia deberá pagar 700 millones de pesos por no informales a sus consumidores el riesgo real e inminente asociado al producto “F-P Mecedora Rock ‘n Play Sleeper” para bebés de la marca Fisher-Price.

Por el contrario, según la Superintendencia, Mattel Colombia les dio a entender a los consumidores de este producto que las medidas adoptadas obedecían a una extensión de la garantía y no una campaña de seguridad, a pesar de que esta se promovió en razón a la muerte de 30 niños en Estados Unidos.

Mattel Colombia inició una campaña de seguridad de esta mecedora para bebés tras la muerte de 30 niños en Estados Unidos.
Mattel Colombia inició una campaña de seguridad de esta mecedora para bebés tras la muerte de 30 niños en Estados Unidos. | Foto: Foto: Comisión de Seguridad de Productos del Consumidor de EE. UU.

Además, se encontró que Mattel Colombia intervino en la campaña ordenando a los consumidores que retiraran dos conexiones que eran parte del producto con el fin de que este quedara inservible.

En algunos casos requirió que el mismo fuera resguardado al menos seis meses y en otros casos solicitó la retoma del producto a las oficinas de Mattel. Solo cuando todo lo anterior fuera acreditado se hacía la entrega de un kit de juguetes marca Fisher-Price o en algunos casos la devolución del dinero.

La SuperIndustria aseguró que el actuar de la compañía es contraria a lo dispuesto en el Decreto 1074 de 2015, al incumplir su obligación de informar de manera directa e inmediata a los consumidores acerca de las medidas correctivas implementadas y los medios dispuestos para recoger, aislar, devolver o intervenir los productos, en el marco de la campaña de seguridad.

Dentro de la investigación que adelantaron autoridades, también se probó que Mattel Colombia, en el marco de la campaña de seguridad, solicitó a algunos consumidores la presentación del recibo de compra del producto como condición para acceder a esta, imponiendo así condiciones adicionales a las señaladas en la ley para hacer efectivos sus derechos.