TRANSPORTE
Siete empresas de transporte, a investigación por operar con vehículos mal matriculados
Podrían incurrir en multas hasta por 10.000 millones de pesos. Entre las investigadas está Servientrega, Transcarga, Alianza Logística, entre otras.
Una multa hasta de 10.000 millones de pesos (700 salarios mínimos) podrían tener las siete empresas sobre las cuales la Superintendencia de Transporte anunció que iniciará investigaciones.
Los cargos que les achacan, según la entidad de control, estarían relacionados con la operación de vehículos que están mal matriculados.
De acuerdo con lo señalado por la SuperTransporte, hasta el momento han logrado establecer que “dichas empresas llevaron a cabo un total de 833 operaciones con vehículos que presentarían omisiones en su registro inicial ante el RUNT y en el Registro Nacional de Despachos de Carga, RNDC”.
El superintendente de transporte, Wílmer Salazar Arias, argumentó que “esta práctica es una infracción a la normatividad vigente, toda vez que se trate de automotores que no cuenten con un certificado de cumplimiento de requisitos o la aprobación por parte del Ministerio de Transporte”.
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Salazar se refiere al artículo 23 de la Ley 336 de 1996, además del Decreto 1079 de 2015, en las que se prohíbe contratar y expedir manifiestos de carga a vehículos que se encuentran con omisiones en su registro inicial.
Aunque hasta ahora empiezan las indagaciones, la SuperTransporte señaló que, en caso de ser encontradas responsables, “las empresas podrían ser multadas hasta por 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes”.
Según el debido proceso, “contra la decisión de apertura de investigación y formulación de pliegos de cargos, no procede recurso alguno”.
La SuperTransporte señala que en el transcurso de la investigación administrativa se dará garantía a la defensa de los mencionados.
Las empresas investigadas
Las alertas dan resultado
El inicio de una investigación suele convertirse en un campanazo para las empresas que están incurriendo en presuntas conductas no aprobadas por las normas vigentes.
Las estadísticas de la SuperTransporte resaltan que durante 2017-2022 se han normalizado y/o aclarado el registro inicial de aproximadamente 5.520 automotores.
Por esa razón, Arias recordó que “las empresas de transporte tienen la obligación de consultar en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y en el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) si los vehículos que asumirán la operación de transporte, de conformidad con el manifiesto de carga, cumplen a cabalidad con la normatividad vigente, lo que incluye las condiciones de su registro inicial. Sobre esto se debe advertir que, aunque estos automotores tengan omisiones en el RUNT, cuentan con un plazo para normalizar su situación, pero mientras no lo hagan, no pueden ser utilizados en la operación de transporte de carga”.