Aerolíneas
¿Sin competencia? La Iata cuestiona las investigaciones de la Supertransporte a contratos de viaje de las aerolíneas
La Asociación de Transporte Aéreo Internacional (Iata) señaló que las investigaciones pueden generar inseguridad jurídica en Colombia.
En las últimas horas, la Superintendencia de Transporte de Colombia anunció que formuló pliego de cargos a 26 aerolíneas que operan en el país por incluir cláusulas en sus contratos de viaje que estarían atentando contra los compradores.
Ante este anuncio, la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (Iata) emitió un comunicado en el que señaló que “recibe con sorpresa” este pronunciamiento de la autoridad de transporte, pues la entidad competente para investigar y revisar los contratos de viaje es la Aeronáutica Civil.
“En las investigaciones administrativas adelantadas se evidencia una ausencia de competencia para investigar y un desconocimiento de las normas aplicables a este tipo de contratos, generando inseguridad jurídica y afectación a la confianza legítima de los vigilados frente a los entes del Estado”, señaló la Asociación.
A esto sumó que los contratos de transporte aéreo son instrumentos globales basados en disposiciones legales establecidas en normas nacionales e internacionales, tales como el Código de Comercio, los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia y el Convenio de Montreal. Por esta razón, “los contratos de todas las aerolíneas que operan en Colombia reciben la autorización de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil, entidad facultada para este fin, de acuerdo con el artículo 1875 del Código de Comercio y los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia”.
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En el texto, el sector aeronáutico señala que todas las aerolíneas tienen el compromiso de proteger los derechos de los usuarios del sector, aún cuando la Aerocivil ya ha hecho la revisión de los contratos de viaje y de las cláusulas que incluyen las aerolíneas al momento de que una persona compra un tiquete.
Para la Iata, esta investigación a 26 aerolíneas podría suponer una “extralimitación de las funciones de la Superintendencia de Transporte y un conflicto de competencias con la entidad del Estado encargada de reglamentar, aplicar y controlar las infracciones a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia y del Código de Comercio, en este caso, en lo referente al contrato de transporte”.
Por esta razón, en el comunicado se le pidió a la ministra de Transporte, Ángela María Orozco, revisar con “objetividad y racionalidad” este pliego de cargos que se formuló con el fin de evitar “confusión y desinformación en la opinión pública”.
La SuperTransporte explicó que entre las irregularidades encontradas hay contratos de viaje en otros idiomas (inglés o francés), además de cláusulas que exoneran de responsabilidad a las aerolíneas por daños en el equipaje del viajero y algunas cláusulas que les estarían permitiendo a las aerolíneas cambiar de forma unilateral el precio anunciado o las condiciones que tendría el viajero.
#Comunicado | La @Supertransporte
— Supertransporte 🇨🇴 (@Supertransporte) April 26, 2021
formula cargos a 26 aerolíneas por presuntamente incluir cláusulas en sus contratos que perjudican a los usuarios. #VuelaInformado
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Las aerolíneas que hacen parte de esta lista de investigación son: Aerolíneas Argentinas, Aeroméxico, Air Canada, Air Europa, Air France, Air Transat, American Airlines, Avianca, Avior Airlines, Copa Airlines, Delta Air Lines, Easyfly, GCA Airlines, Iberia, Jetblue, KLM, Latam, Jetsmart, Regional Express, Satena, Sky Airline, Spirit Airlines,Turkish Airlines, United Airlines, Viva Air y Wingo.
Si bien la mayoría de la sanciones tiene que ver con cláusulas en los contratos, hay casos particulares, como el de Regional Express Américas S.A.S., que no ha cumplido con su obligación de habilitar en el comercio electrónico el contrato de transporte para que las personas puedan consultarlo e imprimirlo cuando deseen.
En el caso de Jetblue Airways Corporation, la sanción se le impondría por presentar el contrato de transporte aéreo en una idioma diferente al español, lo que afecta al viajero que no puede entender otra lengua.
Las aerolíneas que hacen parte del pliego de cargos podrían acarrear sanciones entre los 443 y los 2.000 salarios mínimos legales vigentes, en caso de que la conducta se verifique y se proceda a un fallo en firme por parte de la autoridad.