DÍA SIN IVA
SuperIndustria hará vigilancia especial en el Día sin IVA para proteger al consumidor y que el comerciante no cometa infracciones
El precio del producto debe ser informado con claridad, en pesos y en lugar visible.
A menos de 10 días para la esperada jornada conocida como Día sin IVA (28 de octubre), la primera de las tres que se realizarán en lo que resta del año, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) emitió un paquete de normas que deberán cumplirse, y sobre las cuales estará atento en su papel de vigilante y protector de los derechos del consumidor.
La intención de establecer unas reglas de juego es promover que la jornada, que es benéfica tanto para los comerciantes como para los ciudadanos, pues unos podrán vender más y los otros comprar a menores precios de los habituales, es evitar que los empresarios incurran en infracciones que luego terminan en millonarias sanciones.
Uno de los primeros llamados de la SIC a los comerciantes es a que adopten mecanismos idóneos que transmitan información clara y veraz a los consumidores sobre los costos y gastos adicionales (transporte, instalación, entre otros).
La Superintendencia enfatiza en que el consumidor debe tener una información clara, que no se preste para que se confunda a la hora de tomar la decisión de compra. En ese sentido, el llamado es a que informen de manera clara, eficaz y comprensible si el precio anunciado incluye o no el descuento del IVA.
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Lo que se ve en la etiqueta
En muchas ocasiones, el comprador lleva en su carro de mercado productos que tomó porque el precio que le anuncian es adecuado a su presupuesto. Sin embargo, cuando llega a la caja y le registran su compra, ¡Oh sorpresa!. Por esa razón, la SIC hace un llamado a que el precio del producto sea informado visualmente al consumidor en pesos colombianos, de manera que no haya lugar a confusiones, pues, sucede principalmente con las ventas en línea, en las que el consumidor ve la cifra y cuando va a pagar, se da cuenta que le estaban informando en dólares.
Proveedores, atentos
Información a granel.
De acuerdo con las instrucciones impartidas por la SIC, los proveedores deberán “incluir en la información publicada en la entrada de los establecimientos de comercio, al interior de los mismos, en páginas de comercio electrónico, redes y demás canales de comunicación con el consumidor de manera clara, legible y de fácil comprensión: las condiciones necesarias para acceder al beneficio de exención del impuesto sobre las ventas (fechas, medios de pago, tiempos de entrega, límites de unidades, entre otras)”.
Medidas anticovid.
Como la pandemia sigue en el horizonte y hay anuncios de posible nueva ola, el tema cobra especial relevancia en este Día sin IVA, puesto que ahora habrá presencialidad (como la hubo en la primera jornada -de las tres- del año pasado).
En consecuencia, la instrucción de la SIC es que se comuniquen las condiciones especiales adoptadas para ese día, entre ellas, inscripción previa, fila virtual, asignación de turnos, entre otras.
Sin demoras en la entrega.
El comprador deberá tener claridad de cuándo recibirá el producto. Esto se lo deberán informar de manera clara, precisa y antes de terminar la transacción de las compras realizadas de manera presencial o virtual. En todo caso, la entrega de la mercancía adquirida NO podrá exceder de las dos semanas siguientes a la emisión de la factura.
Que no se le caiga la plataforma.
Con el tema electrónico ya no hay cabida a la improvisación. El oferente que va a vender por canales digitales debe diseñar e implementar protocolos de información a través de los cuales le comunique a los compradores la capacidad operativa de las plataformas en las que ofrecerá los productos (requerimientos tecnológicos para llevar a cabo la transacción, tiempo de espera en la fila, hora de atención programada de acuerdo al turno, entre otras).
Promociones + Día sin IVA
Nada mejor que la claridad para evitar sanciones de las autoridades que vigilan los derechos del consumidor.
La SIC invita a que le informen a los ciudadanos, cuando hay promociones distintas a las del IVA, si el precio anunciado al público incluye el descuento de la oferta y el beneficio de la exención del IVA. “Las promociones u ofertas que se encuentren vigentes en los días de exención del IVA tendrán plena validez y en consecuencia deberán aplicarse ambos descuentos”, dice la entidad en su instructivo.
Por ningún motivo se permitirá que engañen o confundan al consumidor, pues existen productos que habitualmente ya se encuentran excluidos del impuesto del IVA. “Deben abstenerse de utilizar afirmaciones o proclamas como: ‘te damos el IVA’, ‘te descontamos el IVA’, ‘nosotros pagamos tu IVA’, u otras similares”.
Denuncie
No sobra decir que la Superintendencia de Industria y Comercio hará el seguimiento respectivo a estas jornadas y tiene establecidos canales de comunicación para que los ciudadanos puedan interponer sus quejas en tiempo real en caso de que en las jornadas tengan algún inconveniente.