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Superindustria sancionó con millonaria multa a reconocida empresa de vapeadores. Abrió capítulo de protección a menores
De acuerdo con la entidad, se comercializan productos sin avisar las contraindicaciones y evitar que los menores caigan en su uso.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) tomó una drástica sanción económica contra reconocida empresa de vapeadores, por no incluir en sus empaques información advirtiendo sobre las contraindicaciones para su uso, hecho que podría perjudicar a los menores de edad.
Se trata de Inversiones Glu Cloud S.A.S., a la que se le impuso la resolución sancionatoria, en la cual incluyó un “capítulo dirigido a explicarles a niñas, niños, adolescentes y población joven las razones que la llevaron a multar con más de 1.000 millones de pesos a una comercializadora de vapeadores”.
“La empresa fue sancionada por no informar en sus empaques, envases y publicidad sobre el contenido de productos nocivos para la salud y la necesidad de consultar las condiciones y contraindicaciones antes de su uso”, explicó la Superintendencia de Industria y Comercio.
También agregó la ebriedad: “Para la Superindustria, la población joven, en su calidad de consumidora, utiliza los bienes y servicios disponibles en el mercado, desde descargar aplicaciones hasta comprar ropa o dispositivos electrónicos, por lo que tiene derecho a productos seguros y de calidad, a recibir información clara y veraz, a estar protegida contra la publicidad engañosa y a elegir libremente”.
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“La SIC, para evitar que los derechos de esta población de consumidores sean violados, dio alcance a la protección especial prevista en el Estatuto del Consumidor, y con un lenguaje claro y sencillo introdujo en la resolución sancionatoria la explicación sobre la importancia de que no sea omitida información que resultaría vital para el potencial comprador de apeadores”, indica.
A través de la Resolución n.° 75799 de 2023, la SIC sancionó a Inversiones Glu Cloud S.A.S. con el pago de una multa de $ 1.002.240.000, con el fin de que sean restablecidos los derechos de los consumidores afectados”, detalló.
Además, se tomaron las siguientes medidas:
“Informar a los consumidores que sus productos, los cuales comercializa actualmente, y los que comercializará a futuro, correspondientes a sales de nicotina y líquidos de vapeo en virtud de sus componentes, son nocivos. Para tal efecto, deberán indicarse claramente y en caracteres perfectamente legibles, bien sea a través de etiquetas, en sus envases o empaques, o a través de un anexo, sus efectos nocivos, condiciones o indicaciones necesarias para su correcta utilización, así como las contraindicaciones”.
🚨Atención🚨
— Superintendencia de Industria y Comercio 🇨🇴 (@sicsuper) December 19, 2023
La #SIC emitió información dirigida a niñas, niños y adolescentes, sobre el peligro que representan los vapeadores que no informan los posibles riesgos para la salud de sus consumidores.
Los detalles aquí⬇️ pic.twitter.com/UKDVHtr9sT
“Ajustar la publicidad física o digital que se emita a futuro en el sentido de advertir claramente al público acerca de la nocividad de los componentes de los productos de vapeo, en concreto las sales de nicotina y líquidos de vapeo, como también la necesidad de consultar las condiciones o indicaciones para su uso correcto y las contraindicaciones del caso”, sigue.
Contra el acto administrativo sancionatorio que decidió la investigación adelantada procede recurso de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor, o el de apelación ante la superintendente Delegada para la Protección del Consumidor.