Economía
Una de las primeras empresas en ensayar cuatro días laborales ofrece vacantes en Colombia
La compañía busca mantener felices a los trabajadores, argumentando que un empleado contento es más productivo.
Según la ley 2101 del 15 de julio de 2021, en Colombia, se espera que la jornada laboral de 48 horas semanales llegue a 42 horas para el 2026, medida que será aplicada desde este año y paulatinamente tendrá reducciones.
Ahora bien, ‘Ricoh Colombia’ fue una de las primeras compañías del país que adoptó la semana laboral de cuatro días. Desde hace casi seis meses, la compañía viene con ese modelo de negocio en otros países y ahora lo seguirá en Colombia desde este 2023.
En contexto, esta nueva jornada laboral, sigue el estudio publicado por el gobierno islandés sobre las pruebas a gran escala que realizó ese país entre 2015 y 2019, aplicando una semana laboral reducida a 36 horas sin cambios de salario, en el que se concluyó que, con una menor carga de trabajo en las empresas, las personas son más felices, más sanas, más creativas y productivas.
“El proyecto que se realizará entre enero y febrero no afectará la carga de trabajo actual, la remuneración económica, ni los servicios ofrecidos a los clientes de la organización. De esta manera, ‘Ricoh Colombia’ se suma al plan que ha sido implementado desde julio del 2022 en las 14 subsidiarias de ‘Ricoh en Latinoamérica’”, dijo al diario El Colombiano Camilo Vivi, gerente de ‘Ricoh Colombia’.
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Además, sostuvo que este beneficio busca mantener felices a los trabajadores, argumentando que un empleado contento es más productivo.
“Reinventarnos y transformar nuestros procesos hace parte de nuestra cultura y razón de ser, es por esto que ‘Ricoh Colombia’ ha decidido implementar este piloto, siendo pionero en nuevos modelos de empleo que propendan por la autorrealización de sus colaboradores a través del trabajo”, agregó en ese periódico.
Asímismo, la compañía señaló que las nuevas tecnologías serán un gran aliado para potenciar el trabajo a un nivel de productividad que requiera menos horas de esfuerzo.
“Este enfoque centrado en las personas está impulsando la evolución de muchos aspectos de la empresa: espacios digitales y físicos, procesos y cultura”, manifestó a ese mismo diario Lorna Hernández, vicepresidenta de Recursos Humanos de Ricoh Latinoamérica.
¿Cómo aplicar a las vacantes?
Actualmente, la compañía tiene publicadas dos ofertas de empleo en Colombia. Estos puestos son en diferentes ciudades del país y las personas pueden aplicar en el sitio web de El Empleo.
Si las personas quieren postularse, deben ingresar a dicha página y allí podrán ver cuáles son las ofertas de empleo vigentes que tiene ‘Ricoh Colombia’ en dos ciudades del país (Bogotá y Barranquilla).
Ambas ciudades comprenden importantes ofertas salariales que van desde un millón de pesos, hasta los 3,5 millones de pesos. Las dos vacantes fueron publicadas desde diciembre de 2022 y siguen vigentes para enero de 2023.
Así funcionará la reducción de la semana laboral en Colombia: todo lo que se debe saber
A partir de este año 2023, los colombianos trabajarán menos sin que esto afecte su salario, según está contemplado en la Ley 2101 del 15 de julio de 2021, la cual busca reducir la jornada laboral en el país, de manera gradual, con el fin de que los empleados tengan más tiempo para sus actividades familiares, mejorando de esta forma su calidad de vida.
Cabe resaltar que este cambio en la jornada laboral no afectará el salario mínimo ni los derechos que miles de trabajadores en el país han adquirido con el paso de los años; así mismo, se hará de manera gradual para no afectar la productividad de las empresas, que poco a poco deberán ir ajustando sus nóminas para respetar este beneficio que se estipuló por ley desde el Congreso de la República.
¿Cómo se aplicará la reducción?
Lo primero que hay que tener presente es que, de acuerdo con esta norma, para finales de 2026 el requisito mínimo de horas que una persona debe cumplir deberá quedar en 42 horas, lo cual se traduce en una reducción de seis, respecto a las 48 que rigen actualmente y estas podrán “ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en cinco o seis días a la semana, garantizando siempre el día de descanso, salvo algunas excepciones”.
“Transcurridos dos (2) años a partir de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá una (1) hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales. Pasados tres (3) años de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá otra hora de la jornada laboral semanal, quedando en 46 horas semanales. A partir del cuarto año de la entrada en vigencia de la ley, se reducirán dos (2) horas cada año hasta llegar a las cuarenta y dos (42) horas semanales, conforme a lo establecido en el Artículo 2 de la presente ley”, establece la Ley.
No obstante, en la ley se establecen algunas excepciones que aplicarán previo acuerdo entre empleador y trabajador. Entre estas se destaca que, frente a la organización de turnos de trabajo sucesivos, de temporal o indefinidamente, y “que permitan operar a la empresa o secciones de la misma sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el respectivo turno no exceda de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana”.
“En este caso no habrá lugar a recargo nocturno ni al previsto para el trabajo dominical o festivo, pero el trabajador devengará el salario correspondiente a la jornada ordinaria de trabajo, respetando siempre el mínimo legal o convencional y tendrá derecho a un día de descanso remunerado”, aclara la Ley.
Otra excepción es que cuando la jornada semanal de 42 horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana, el trabajador deberá contar “con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el día domingo”.