Vehículos Bogotá
Esta es la multa que deberá pagar, en Bogotá, si transita en su vehículo durante la restricción de pico y placa
En la capital del país se aplican restricciones regionales durante los puentes festivos.
La medida del pico y placa lleva años rigiendo en las principales ciudades colombianas y Bogotá no es la excepción. La idea es restringir la movilidad de algunos vehículos, para tratar de mitigar los trancones, entre otros problemas en el tránsito. Pero, algunas personas intentan burlar la norma, lo que implica en sanciones económicas, que incluso, terminan en la inmovilización del vehículo.
La metodología del pico y placa vigente se emitió a principios del 2023, y hasta el momento, la restricción de circulación se distribuye de la siguiente manera: en los días pares podrán circular los vehículos cuyas placas terminen en 6, 7, 8, 9 y 0, mientras que en los días impares podrán circular aquellos cuyas placas terminen en 1, 2, 3, 4 y 5.
Hay algunas excepciones en esta norma, así como unas variantes. Según la Secretaría Distrital de Movilidad, el pico y placa solidario es una tarifa que pagan los conductores y que varía en función del tiempo que usará el permiso (día, mes o semestre), cilindraje del vehículo, tipo de combustible, avalúo comercial, pero que puede ser de unos 72 mil pesos, por día, aproximadamente.
En cuanto al pico y placa solidario, es un dinero que busca recaudarse con el objetivo de brindar una mayor compensación a la ciudad y fomentar una movilidad más sostenible. Según lo que explica el distrito, el proceso se puede realizar a través de la página de internet de la Secretaría de Movilidad.
Lo más leído
No obstante, según el Decreto 003 del 2023, la Alcaldía de Bogotá lista los vehículos que pueden quedar exentos de la medida del pico y placa: vehículos eléctricos, caravana presidencial, vehículo de servicio diplomático o consular, carrozas fúnebres, vehículos de organismos de seguridad del Estado, vehículos de emergencia, vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad, vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios, vehículos destinados al control del tráfico y grúas, vehículos de control de emisiones y vertimientos, motocicletas, vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección a ciudadanos con medidas de seguridad, vehículos de medios de comunicación, vehículos de autoridades judiciales, vehículos de transporte escolar, vehículos particulares destinados a la enseñanza automovilística, vehículos híbridos que funcionen con motor eléctrico y por combustión, y vehículos que hayan solicitado el Permiso Especial de Acceso a Área con Restricción Vehicular (pico y placa solidario) y cumplan con los términos y condiciones establecidos por la Secretaría Distrital de Movilidad.
Si usted transita por las calles de la capital colombiana, en horario del pico y placa, y su vehículo no está exceptuado, ni realizó el “pago solidario”, según el Código Nacional de Tránsito, incurrirá en la infracción C 14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”.
La sanción económica por esta multa es de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, que se traducen en 522.600 pesos. A esto, debe sumarle el costo de la inmovilización, pues la infracción obliga al tránsito de vehículos a patios. Según la Resolución 172 del 2019, la lista de precios del servicio de grúa, para los carros, es de $177.900.
Adicionalmente, debe sumarle los días que quede el automóvil en los patios, que para vehículos livianos y medianos es de:
- Tarifa día 1: $111.000
- Tarifa día 2: $116.000
- Tarifa día 3: $133.100
- Tarifa día 4 a día 30: $ 44.500
- Tarifa día 31+: $3.900
En total, y suponiendo que hace el trámite en un día, la infracción puede costarle 811.500 pesos. Recuerde que si hace los cursos de concientización y educación vial, puede verse beneficiado del descuento en el valor de la multa, por lo que la tarifa anterior podría ser mucho menor.