Economía
Alerta en el sector energético en Colombia: la Creg vuelve a quedarse sin cuórum para tomar decisiones
Recientemente, el Tribunal de Cundinamarca le dio 30 días al Gobierno nacional para integrar la Creg con 6 expertos de tiempo completo.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) ha pasado en el último tiempo por una crisis institucional por cuenta de la salida de los comisionados que se encargaban de tomar diferentes decisiones sobre ajustes tarifarios y otros aspectos relacionados con el sector energético del país.
En ese sentido, el 8 de noviembre del año pasado, la salida de José Fernando Prada, director de la Creg, dejó en vilo a la entidad, al ser el último comisionado en renunciar.
Sobre el tema, distintas agremiaciones del sector alertaron por la necesidad de que el Gobierno nombrara nuevos comisionados para que pudieran definir directrices clave en los servicios eléctricos y de gas natural.
Ante esto, a finales del mismo mes, finalmente el Gobierno designó a los comisionados necesarios para completar el cuórum y que desde la entidad se pudieran tomar decisiones clave para el sector y de cara al inicio del fenómeno de El Niño.
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La entidad anunció la designación e incorporación de dos importantes expertos a la entidad, con el fin de fortalecer su estructura técnica. Los nuevos integrantes son José Medardo Prieto y Antonio Jiménez, quienes se suman a dos nombramientos recientes. Los de Ómar Prías y Manuel Peña.
Sin embargo, las designaciones fueron por un período de tres meses, y el mismo ya se venció, lo que implica que la entidad, otra vez, se quedó sin quórum para tomar decisiones regulatorias en temas de energía eléctrica, gas y combustibles líquidos.
Tribunal de Cundinamarca le dio 30 días al Gobierno nacional para integrar la Creg con 6 expertos de tiempo completo
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió una orden dirigida al presidente Gustavo Petro, en la que le exige la designación de los seis comisionados expertos de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) en propiedad. La resolución establece un plazo máximo de 30 días, contados a partir de la notificación de la sentencia, para cumplir esta determinación.
La instrucción del Tribunal implica que el Gobierno nacional deberá integrar la Comisión de la Creg con seis expertos en asuntos energéticos, comprometidos exclusivamente con esta tarea, para un período de cuatro años. El fallo aclara que los nombramientos deben realizarse en propiedad, una vez que los actuales encargos pierdan vigencia, sin afectar a los miembros actualmente designados en dicha condición.
Actualmente, la entidad cuenta con Ómar Fredy Prías como director, quien es el único designado en propiedad hasta el momento. Asimismo, tres comisionados se encuentran en encargo: José Medardo Prieto y Antonio Jiménez, desempeñando funciones como asesores del despacho del ministro de Minas y Energía, Ómar Andrés Camacho, y también está Manuel Peña, como parte de la Unidad Administrativa Especial del Orden Nacional (Upme).
La decisión del tribunal surge como respuesta a una demanda presentada por Gilberto Augusto Blanco, argumentando que la situación actual genera inseguridad en el sector energético y pone en riesgo la independencia y autonomía de la Creg. La demanda sostiene que el cuórum deliberativo y decisorio podría reducirse de siete a cinco, lo que podría afectar la capacidad de emitir regulaciones.
Frente a esta orden judicial, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) respondió destacando la falta de identificación clara de la norma y el deber incumplido. Señaló que la demanda se basó en “suposiciones” que requieren un “ejercicio interpretativo” para determinar el deber u obligación presuntamente incumplidos.
El delegado del Ministerio Público, por su parte, hizo hincapié en el artículo 44 de la Ley 2099 de 2021, que establece como obligación del presidente nombrar a seis expertos en asuntos energéticos de dedicación exclusiva para períodos de cuatro años en la Comisión.
La Sección Primera del Tribunal respaldó este argumento, identificando el incumplimiento en el literal D del artículo 44 de dicha ley, y estableciendo que el deber presuntamente incumplido es el nombramiento en propiedad de los expertos.
En consecuencia, el Tribunal de Cundinamarca le dio 30 días al Gobierno nacional para integrar la Creg.