JURÍDICA
¿Carrasquilla podría ser suspendido temporalmente del cargo en el Banco de la República?
El Consejo de Estado aceptó la demanda que busca establecer si fue o no procedente el nombramiento del exministro.
Mientras Alberto Carrasquilla se prepara para participar este jueves en la que sería la primera reunión decisoria sobre tasas de interés, como miembro de junta y no como ministro de Hacienda en el Banco de la República, en el Consejo de Estado se produjo una decisión que podría llevar a la suspensión temporal en el cargo de este economista.
Según lo expresado en el documento de admisión del Alto Tribunal, lo que se busca es definir la procedencia o no del nombramiento de Carrasquilla en el equipo que rige la política monetaria en el país.
La respuesta a los requerimientos que pide el Consejo de Estado tendrá que provenir de la Presidencia de la República y del Ministerio de Hacienda, y deberá ser presentada en un término de cinco días, los cuales, se cumplirían el próximo 4 de octubre, según establece la información que consigna el Consejo en su página web.
Posterior a ello, el Alto tribunal definirá si se aplica una medida cautelar solicitada, que sería la suspensión temporal del cargo, mientras toman la decisión definitiva (fue procedente o no el nombramiento).
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El argumento del demandante, el abogado Joan Sebastián Hernández, es que hubo violación a las normas que se relacionan con la cuota de género, que es una ley en el país. Se trata de la Ley 581 de 2000, por medio de la cual se dispone que el 30 por ciento de los altos cargos públicos deben ser ejercidos por mujeres.
Esto, porque la junta directiva quedó integrada, en su mayoría, por hombres, pues en el equipo solo se encuentra Bibiana Taboada, también nombrada por el presidente Iván Duque. Los integrantes del equipo rector de la política monetaria en Colombia son: Leonardo Villar, quien ocupa la gerencia del Banco; Roberto Steiner, Mauricio Villamizar, Jaime Jaramillo Vallejo y Alberto Carrasquilla (cuota masculina), con lo cual, la presencia de una sola mujer, entre un grupo de 7, si se cuenta también al ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, quien también es parte de la Junta, dejaría a la cuota femenina solo con un 14,2%.
Evolución rápida
La demanda avanza en el Consejo de Estado desde los primeros días de septiembre, donde había sido inadmitida (en varias oportunidades) y convocado el demandante para subsanar lo que el Alto Tribunal llamó ‘defectos’, so pena de ser rechazada definitivamente.
Una vez corregidas y cumplidas las peticiones del Consejo, volvió a seguir el curso y ahora, el caso está listo para que se presenten las respuestas a los interrogantes que buscan establecer si fue o no procedente el nombramiento de Carrasquilla en la junta.
¿Prosperará la demanda?
La decisión definitiva la dará el Consejo de Estado, una vez se surta el trámite que está andando. Sin embargo, algunos abogados expertos en asuntos de aplicación de leyes, como la de género, señalan que “en órganos colegiados de nominación compleja, como lo es el Banco de la República o las altas Cortes, la jurisprudencia de la Corte Constitucional interpreta que la ley de cuotas no es aplicable. Distinto sería el caso en un nominador único, por ejemplo, el presidente ante sus Ministerios”.