Calzado
Colombia mantendrá el arancel del 35 % a la importación de calzado
Esta medida busca proteger la industria nacional.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo anunció este lunes -2 de enero- que Colombia mantendrá por tres años más el arancel del 35 % que rige desde hace ya un tiempo sobre la importación de calzado. Esta medida, según lo dicho por la cartera comercial, busca proteger la industria local, con el fin de que siga creciendo y ayude a la generación de nuevos puestos de trabajo en el país.
Vale la pena aclarar que este arancel solo aplica para aquellos productos que declaren por debajo o igual que el mismo umbral ya establecido. De esta manera, a través del Decreto 2632 del 30 de diciembre de 2022, se extienden hasta el 31 de diciembre del 2025 las medidas establecidas en el Decreto 2279 del 2019.
“Así, el par de zapatos que se sigan importando por un valor FOB inferior o igual a los umbrales establecidos entre 6 y 10 dólares (dependiendo del tipo de calzado o de la subpartida arancelaria), pagarán el arancel del 35 %”, explicó el MinComercio.
En el caso de las importaciones de la capellada (parte superior visible del calzado), se les aplicará el arancel establecido en el Decreto cuando el precio FOB declarado sea inferior o igual a 5 dólares por kilo bruto. El calzado que ingrese a Colombia procedente de los países con los que Colombia tiene acuerdos comerciales vigentes, está exento de esta medida.
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“A las mercancías que salgan hacia el territorio nacional desde una Zona de Régimen Aduanero Especial, de una Zona Franca o de un Centro de Distribución Logística Internacional, se les aplicará el arancel en mención en el momento en que vayan a ser introducidas al resto del territorio aduanero nacional”, indicó también esta cartera.
El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña Mendoza, señaló que con esta medida también se busca impulsar los encadenamientos productivos que estimulen la producción nacional, especialmente en los tiempos de crisis que se avecinan para este 2023, en los que la inflación seguirá haciéndose sentir.
“Se trata de un sector que en su gran mayoría, más del 90 %, está compuesto por micro, pequeñas y medianas empresas. Además, es un gran generador de puestos de trabajo para el país, razones por las cuales se requiere mejorar las condiciones de mercado”, dijo.
Por último, desde el Gobierno Nacional se explicó que la extensión de esta medida, que estuvo vigente hasta este 31 de diciembre del 2022, fue recomendada por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (Triple A).
Un mayor arancel a la ropa importada
Tal y como venía anunciando que pasaría desde finales de octubre, el Gobierno del presidente Gustavo Petro, finalmente, le impuso un arancel del 40 % a la ropa importada que actualmente ingresa y se comercializa en el país.
Esta es una medida que si bien busca proteger la industria textil nacional, se da en un momento en que muchos expertos podrían considerar inapropiado, ya que la situación económica de muchas familias no es la mejor y este aumento de impuestos se traducirá -sin duda- en nuevas presiones sobre la inflación.
Esta decisión se hizo oficial por medio del decreto 2598 del 23 de diciembre del 2022, con el cual se establece que a partir de ahora las prendas de vestir y artículos confeccionados que se produzcan en el exterior y pretendan ser comercializadas en Colombia, deberán pagar un arancel del 40 %. Actualmente, este gravamen oscila entre el 15 % y el 18 %, con lo cual se aprecia que aumentará más de un 20 % una vez entre en vigencia.
Así mismo, esta normativa, firmada por los ministros de Hacienda, José Antonio Ocampo; y de Comercio, Germán Umaña, establece que se deberá aplicar el arancel en todos los productos provenientes de una Zona de Régimen Aduanero Especial, de una Zona Franca o de un Centro de Distribución Logística Internacional.
Un punto muy importante a resaltar y que da un aire de tranquilidad a quienes está importando recientemente es que “los aranceles establecidos en el presente artículo no serán aplicables a aquellas importaciones de mercancías que se encuentren efectivamente embarcadas hacia Colombia con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de este decreto”, según se lee en la normativa.