Economía

¿Cómo quedaría la jornada diurna y nocturna con la nueva propuesta de reforma laboral?

Hace unas semanas, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, radicó el nuevo proyecto.

Redacción Semana
8 de septiembre de 2023
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El proyecto se había hundido el pasado 20 de junio. | Foto: Getty Images/iStockphoto

El pasado jueves 24 de agosto, el Gobierno nacional presentó nuevamente la reforma laboral, proyecto que ya se había radicado en marzo de este mismo año y se hundió en la Comisión Séptima de la cámara de Representantes el pasado 20 de junio, antes de terminar la primera legislatura.

Esto se dio porque los opositores del proyecto aseguraban que esta reforma ponía en riesgo la generación de empleo en el país, la continuidad de empresas y los puestos de trabajo de millones.

Es por esto, que el nuevo proyecto se radicó hace unas semanas por la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, en el que se estipulan nuevos artículos. La anterior tenía 76 y esta incluye ahora 92 puntos.

Este nuevo articulado mantiene algunos puntos que estaban en el anterior proyecto, aunque dispone algunas directrices que afectarían a los trabajadores. Una de estas es la forma en la que se calculan los recargos, horas extras u otros adicionales que deben ser pagados por la empresa al trabajador.

Así las cosas, la jornada diurna (día) será de 6 a. m. a 7 p. m., mientras que la jornada nocturna estaría comprendida entre las 7 p. m. hasta las 6 a. m. Hoy en día, la jornada nocturna comienza a las 9 p. m., lo que afecta financieramente en gran medida a trabajadores que deben cumplir funciones hasta muy tarde en la noche.

Sesión de la subcomisión de la Reforma Laboral.
La jornada diurna (día) será de 6 a. m. a 7 p. m. | Foto: Ministerio del Trabajo.

Así mismo, el proyecto explica que si el trabajador está en jornada nocturna, tendrá derecho al pago del recargo nocturno con un 35 % sobre el valor ordinario de la hora.

De igual manera, el proyecto aclara que el cambio se haría de forma gradual. Lo anterior significa que las empresas aumentarían los recargos un 10 % cada año, para finalmente llegar a un 100 % en 2026.

Las empresas aumentarían los recargos un 10 % cada año, para finalmente llegar a un 100 % en 2026. | Foto: getty images

Los cambios que contempla la nueva reforma laboral

  • El Gobierno sostiene que con la reforma atacará la informalidad laboral, la inestabilidad en el empleo de los empleados, así como la subcontratación y la intermediación laboral.
  • Importante destacar que también se mantiene la idea de encarecer el despido de un trabajador, para aumentar la probabilidad de garantizar su permanencia en el puesto, lo que también ha generado polémica.
  • Contrato laboral, mejor indefinido. La incorporación al mercado laboral se realizará, en primer lugar, mediante un contrato de trabajo indefinido. Al mismo tiempo, en casos excepcionales, los contratos de trabajo pueden celebrarse por un período determinado, por la duración de un trabajo o encargo específico, o por la realización de un trabajo único, ocasional o temporal, dice el documento.
  • El Gobierno sostiene que con la reforma atacará la informalidad laboral,la inestabilidad en el empleo de los empleados, así como la subcontratación y la intermediación laboral.
  • Es importante destacar que también se mantiene la idea de encarecer el despido de un trabajador, para garantizar su permanencia en el trabajo, lo que también desató la polémica.
  • Contrato laboral, mejor indefinido. La incorporación al mercado laboral se realizará, en primer lugar, mediante un contrato de trabajo indefinido. Al mismo tiempo, en casos excepcionales, los contratos de trabajo pueden celebrarse por un período determinado, por la duración de un trabajo o encargo específico, o por la realización de un trabajo único, ocasional o temporal, dice el documento.
  • El trabajo del periodista, camarógrafo, fotógrafo. Para este grupo de trabajadores se prevé una determinada medida en la reforma laboral. Por tiempo trabajado se entenderá todo lo relacionado con los ensayos y preparación del trabajo final, que será emitido. Las actividades fuera de la rutina diaria establecida, de 8 horas diarias y 47 horas semanales, deberán retribuirse con paga adicional y horas extras, según el caso. Cuando trabajen los domingos, se les deberá conceder un descanso compensatorio.
Trabajador triste
Cuando se laboren los domingos, el empleador deberá conceder un descanso compensatorio. | Foto: Getty Images