Economía
Declaración de renta sugerida de la Dian 2023: ¿cómo consultarla?
Ya está corriendo el calendario tributario y este es un trámite que no se puede dejar pasar.
La declaración de renta en Colombia es una obligación tributaria que cada año deben cumplir las personas naturales y jurídicas que cumplan con ciertos requisitos establecidos por la ley. Este proceso es de vital importancia, ya que a través de él, los contribuyentes informan sus ingresos, deducciones y otros datos relevantes para calcular el impuesto sobre la renta que deben pagar al Estado.
Cada valor que se consigne en la declaración de renta debe estar soportado, especialmente si se trata de costos, deducciones, pasivos, rentas exentas o ingresos no constitutivos de ganancia ocasional. Quien lleve contabilidad puede valerse únicamente de la contabilidad, suponiendo que se esté llevando de la mejor manera y tenga archivados los comprobantes pertinentes.
En el caso de las personas naturales deben tener una serie de documentos que soporten todos los valores que consignen en su declaración de renta, por si la Dian los solicita en un proceso de fiscalización. Estos soportes serán fundamentales para dar validez a la información que se suministra ante las autoridades tributarias y de esta forma se puedan evitar dolores de cabeza en el futuro.
En ese sentido, con el arranque del segundo semestre del año, el impuesto de renta es un tema que empieza a sonar. Hace unos días comenzó a correr el calendario tributario para la presentación oportuna de la declaración de renta correspondiente al año inmediatamente anterior, en este caso 2022.
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La declaración sugerida es un documento generado por la Dian con el propósito de facilitar la presentación del formulario con la información referente a los ingresos y el patrimonio. Como explica la entidad, en dicho formato está contenida la información que es entregada por otros actores a la entidad, lo que se denomina también información exógena o de terceros.
Por ejemplo, una entidad bancaria puede proporcionar datos acerca del monto de las transacciones recibidas por el cliente o una empresa puede reportar el valor de los pagos por el servicio prestado. Esos detalles se podrán encontrar en el documento enviado por la Dian.
¿Dónde se puede ver la declaración de renta sugerida?
Algunos contribuyentes registrados ante la Dian han recibido esta semana en su correo electrónico la notificación de que cuentan con una declaración de renta sugerida para el año 2022.
Para consultarla, los interesados pueden ingresar por medio del sitio web oficial de la Dian (www.dian.gov.co), dirigirse a la opción usuario registrado e iniciar la sesión como de costumbre.
Allí se encontrará un listado de opciones, entre las que se encuentra ‘Diligenciar y presentar Formulario 210′, y en ese recuadro resaltado en negrilla se ubica el botón para revisar ‘la declaración sugerida para quienes aplica’.
Vale la pena recordar que en relación con los activos que se declaren, debe tenerse el documento que sirve de base para determinar el costo fiscal por el que se declara, y dependiendo de los activos se deben tener los extractos bancarios, recibos del pago del impuesto predial, recibo del pago del impuesto de vehículos y/o factura de la compra del vehículo, certificado de inversiones, facturas de compra de maquinaria, certificado de avalúos técnicos y anexo de la declaración anterior.
Los pasivos que se declaren deben estar todos soportados, y tratándose de créditos bancarios con entidades vigiladas por el estado es suficiente el extracto o la certificación bancaria. Si se trata de otros pasivos como deudas con particulares es preciso tener documentos con fecha cierta.
El único concepto que se puede declarar sin tener soportes es el de ingresos, pues la Dian no se molesta por eso, pero es necesario tener las facturas, contratos o certificados de retención a fin de poder relacionar y sumar todos los ingresos obtenidos en el período respectivo.
En el caso de los asalariados, el certificado de ingresos y retenciones contiene los pagos recibidos por el trabajador en el año respectivo. Si no se tienen los documentos, se puede recurrir al reporte de terceros que la Dian pone a disposición del contribuyente, como se explica en el siguiente artículo.
“Reporte de Conciliación Fiscal Anexo Formulario 210, Formato modelo No. 2517 - versión 3, que deberá ser diligenciado por los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios, obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevar contabilidad y que declaren en el formulario No. 210, según anexos No. 2 y 4 de la Resolución 000027 del 24 de marzo de 2021″, explica la Dian al respecto.