Economía
Devolución del IVA: este será el último día en septiembre en el que podrá reclamarlo
Recuerde que si no reclama el subsidio puede correr el riesgo de perderlo.
La devolución del IVA es uno de los programas del Gobierno con el que buscan entregar una asignación monetaria a las poblaciones menos favorecidas o a quienes no cuentan con recursos para subsistir y suplir necesidades primarias.
Este subsidio también busca aliviar el impacto que tiene el impuesto IVA, que grava con una tasa del 19% a diferentes productos y servicios del país y que fue aumentado a esa cifra durante el Gobierno de Juan Manuel Santos.
Devolución del IVA: fechas en septiembre
Es preciso recordar que para cobrar este beneficio debe presentar su cédula de ciudadanía. Para el mes de septiembre, el cronograma establece que la devolución inició el pasado 4 de septiembre y termina este domingo 24 de septiembre.
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Es decir, hasta esta última fecha, los beneficiarios de ese subsidio podrán reclamarlo. El monto puede variar dependiendo del beneficiario pero está en unos 267.000 pesos en promedio.
Recuerde que si no retiró el giro, el portal del Departamento de Prosperidad Social permite que se pueda hacer un pago acumulado pero únicamente de dos periodos. Es decir, puede cobrar dos giros en un mismo día.
Tenga en cuenta que debe tener cuidado, pues si deja que los giros se acumulen durante 3 periodos, lo más probable es que el dinero se retorne automáticamente al programa y el beneficiario deba hacer un proceso nuevo para que pueda obtener la asignación monetaria, que puede tomar más tiempo.
La recomendación que hacen a los hogares es cobrar el dinero por concepto del subsidio de devolución del IVA, inmediatamente después de que sean avisados por Prosperidad Social a través de los canales oficiales. Así disfrutarán del beneficio sin correr el riesgo de perderlo.
¿Cómo eligen a los beneficiarios del subsidio?
Esto debido a que no todos se encuentran en las condiciones de pobreza para acceder a este. “El proceso de selección de beneficiarios corresponde a un ordenamiento del nivel de vulnerabilidad y la disponibilidad de recursos para dos (2) millones de hogares”, precisa el DPS.
Tenga en cuenta que no existe una convocatoria oficial para recibir la devolución del IVA y que la focalización del Gobierno es el único procedimiento con el que se seleccionan los beneficiarios.
La entidad también precisa que existen algunas causales bajo las que los hogares no podrán ser elegidos. Estas son las definidas.
- Indicios de fallecimiento de la persona titular del hogar según las bases de Registraduría Nacional del Estado Civil, Registro Único de Afiliados -RUAF y la Plataforma de integración de SISPRO o las bases indicadas en la Guía Operativa.
- Inconsistencias en el documento de identidad de la persona titular del hogar.
- No cobro de la transferencia o rechazo del abono por tres (3) o más ciclos operativos de pago consecutivos.
- Duplicidad de los registros de los hogares en el sistema de información del Programa o en las bases de focalización.
- Concurrencia con otros programas sociales cuya normativa establezca que no pueden ser beneficiarios del programa Compensación de IVA.
- Reportar condiciones socioeconómicas de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Guía Operativa del programa, bajo los cuales se identifica que el hogar no se encuentra en situación de pobreza o vulnerabilidad.
- Hogares que, mediante la presentación de novedad, manifiesten ante Prosperidad Social la voluntad de no continuar como beneficiarios o potenciales beneficiarios del programa.
- Hogares unipersonales cuyo titular haya sido reportado como fallecido en tres validaciones consecutivas.
- Hogares que no cumplan con los criterios de focalización para ser potenciales beneficiarios del programa.