Economía
Dian reveló cuánto logró recaudar con la declaración de renta 2023 en Colombia: este es el reporte
La recaudación de este año representa un incremento del 25 % frente al año gravable 2021, con un aumento de 1.086.794 declarantes.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) reveló recientemente que entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2023, en total, 5,43 millones de personas naturales cumplieron la obligación de presentar la declaración del impuesto de renta y complementarios, correspondiente al año gravable 2022.
Esto representa un incremento del 25 % frente al año gravable 2021, con un aumento de 1.086.794 declarantes.
En total, la recaudación por este concepto sumó $ 19,66 billones, lo que representa un aumento del 30,2 % con respecto a los $ 15,1 billones recaudados en el año fiscal 2021.
Por otra parte, la Dian dispuso 5.273.072 propuestas de declaraciones con el objetivo de acercarse al ciudadano y simplificar el cumplimiento y pago voluntario del impuesto.
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Desde el 22 de septiembre del año pasado, la organización introdujo un mecanismo más estricto, amigable y flexible para simplificar todo el proceso de cumplimentación, presentación y pago.
Frente a los formularios de presentación del impuesto sobre la renta, el 97,4 % de los ciudadanos lo hizo en línea, mientras que el 2,6 % restante lo hizo en las oficinas de instituciones bancarias autorizadas.
Del total de $ 19,66 billones recaudados, $ 4,5 billones son correspondientes al valor del saldo que las personas físicas debían pagar al presentar sus declaraciones, y el resto corresponde a las retenciones que se realizan durante el año fiscal.
De los pagos recibidos, el 60 % fue electrónico y el 40 % se realizó personalmente en bancos autorizados. Esto representa un aumento del 5 % en los pagos electrónicos, que fue del 55 % el año anterior.
Así mismo, la gestión de la empresa permitió llamar la atención de los ciudadanos que tuvieron que declarar y no cumplieron su obligación dentro del plazo establecido. De ellos, 384.925 presentaron tarde sus declaraciones.
En cuanto a los canales de atención del sujeto, durante los meses de vigencia de este impuesto se atendió a 633.813 ciudadanos tanto de forma presencial como virtual. Los ciudadanos utilizaron estos canales para recibir asesoría en temas como actualización o registro en el RUT, creación y habilitación de cuenta, información exógena, firma electrónica, diligenciamiento, presentación y pago de la declaración del impuesto de renta y complementario para personas naturales.
Por último, la Dian hizo el llamado para los contribuyentes que se han atrasado en sus obligaciones de declaración o pago a ponerse al día con la organización y el país.
Vale la pena recordar que el incumplimiento de esta obligación en tiempo y forma resultará en una penalidad equivalente a un mes o fracción de mes calendario de mora, sumado a los cargos por mora aplicables.
¿Cómo consultar si se tiene una multa por no declarar renta?
Uno de los factores fundamentales en el proceso de declaración de renta es el cumplimiento de los plazos establecidos por la Dian. Y con base en los dos últimos dígitos del número de identificación tributaria (NIT) del declarante, que se indica en el RIT, se asigna un día concreto para la presentación de la declaración.
Si la declaración se presenta después de este plazo, el contribuyente deberá pagar una multa por presentación tardía.
La multa por pago tardío es igual al 5 % del monto del impuesto adeudado y aumenta por cada mes o parte del mes que transcurre entre la fecha de vencimiento y la fecha de presentación de la declaración.
Si en la declaración no se indica el monto adeudado, la multa se calculará como el 0,5 % del valor de los ingresos brutos del contribuyente. Es importante señalar que la multa mínima en 2023 será de $ 424.000.
Este año es necesario declarar si los ingresos totales del año correspondiente fueron iguales o superiores a $ 53.206.000.
Asimismo, si reportaron consumos con tarjeta de crédito iguales o superiores al mismo monto, también deberá presentar declaración, o si las compras y consumos durante el año también tuvieron un valor total igual o superior a $ 53.206.000.