Empanadas Ilegales
El día que fue ilegal comer empanadas en las calles colombianas
El protagonista de esta historia tuvo que pagar más de 800 mil pesos de multa.
Las empanadas son un bocado querido y omnipresente en la gastronomía colombiana, puesto que estas deliciosas y versátiles pocket foods (comidas de bolsillo) se han convertido en un favorito indiscutible entre los colombianos y son parte integral de la cultura culinaria del país.
Rellenas de una variedad de ingredientes, desde carne molida sazonada hasta queso derretido, verduras y papas, las empanadas ofrecen una explosión de sabores en cada bocado, lo que sumado a su disponibilidad generalizada, puesto que se consiguen en todas partes, las han convertido en una de las favoritas por los colombianos.
Debido a esto, no es raro encontrar puestos de empanadas en las esquinas de las calles, en mercados, y en eventos locales, lo que las convierte en una opción de comida rápida y conveniente para aquellos que buscan una solución satisfactoria para el hambre.
La versatilidad de las empanadas también se refleja en la creatividad regional, con variaciones en la masa, el relleno y las salsas que se pueden encontrar en diferentes partes del país. Ya sea en Bogotá, Medellín, Cartagena o cualquier otra ciudad colombiana, las empanadas son una verdadera delicia que satisface los antojos de la nación y se ha ganado un lugar especial en el corazón (y el estómago) de la gente.
El día que fue ilegal comerlas
Sin embargo, hubo un día en que comer empanadas en las calles de Colombia fue considerado ilegal, lo que sorprendió a muchos amantes de este manjar tradicional. El incidente ocurrió el 11 de febrero de 2019, en el sector de la Castellana, cerca de una estación de Transmilenio en Bogotá, cuando un joven llamado Steven Claros fue sorprendido por un grupo de policías mientras disfrutaba de una empanada que había comprado en el puesto de Doña Erlin Solís.
Lo que debería haber sido un pasabocas corriente, se convirtió en una experiencia costosa para Steven, ya que los agentes de la ley le impusieron un comparendo y lo multaron con la asombrosa suma de 834,000 pesos colombianos.
Esta acción se basó en el artículo 140 del Código de Policía, que establece que aquellos que consumen alimentos en puestos ambulantes “promueven o facilitan el uso u ocupación del espacio público en violación de las normas y jurisprudencia constitucional vigente”.
La situación tomó por sorpresa a Steven, quien en un primer momento creyó que los oficiales estaban allí para verificar sus antecedentes penales. Nunca se le ocurrió que estaba infringiendo el Código de Policía simplemente por disfrutar de una empanada en un lugar público. La vendedora, Doña Erlin Solís, también fue multada por las mismas razones, lo que generó un debate sobre la legalidad de comer alimentos adquiridos en puestos ambulantes en las calles de Colombia.
La Policía justificó su acción argumentando que los agentes advirtieron a las personas sobre el procedimiento y les solicitaron que se abstuvieran de realizar la compra, ya que esta actividad “promueve o facilita el uso indebido del espacio público”.
Esta justificación se basó en el artículo 140, numeral 06 de la Ley 1801 de 2016, el Código Nacional de Policía y Convivencia. Aunque las autoridades tenían la intención de regular el espacio público y prevenir la ocupación indebida, esta medida desató un debate sobre los límites de la regulación y la relación entre la tradición gastronómica y la legalidad en las calles de Colombia.
El incidente de las empanadas también destacó la importancia cultural de este plato en Colombia, no solo como una fuente de alimento, sino también como un elemento fundamental en la vida cotidiana y en las celebraciones familiares, dejando claro que son una parte vital de la cultura gastronómica del país y reflejan la diversidad de sabores y técnicas culinarias que se encuentran en las diferentes regiones colombianas.
Un gran debate
Afortunadamente, el caso de las empanadas ilegales no pasó desapercibido y generó un debate público sobre las regulaciones de alimentos en las calles de Colombia y llevó a una revisión de las políticas relacionadas con la venta de alimentos en el espacio público, que incluso llegó al Congreso de la República, y al desarrollo de directrices más claras para garantizar la seguridad y la higiene, sin comprometer las tradiciones culinarias del país.
Además de esto, a finales de octubre de ese mismo año, la Corte Constitucional dio su veredicto en uno de los casos más picantes en redes sociales, y el cual enfrentó a la Policía con los ciudadanos, el Congreso y finalmente con el máximo tribunal.
Con un total de ocho votos, los magistrados constitucionalistas votaron en favor de los compradores. Una demanda al numeral 6 del artículo 140 del Código de Policía para precisar que las sanciones que allí se imparten a quienes promueven ventas ambulantes nada tienen que ver con los compradores.
Los magistrados replicaron lo que ya se habían dicho los congresistas: los promotores a los que hace referencia la norma son quienes facilitan (legal o ilegalmente) la distribución y venta de productos en espacio público y para ello utilizan a los vendedores informales. Es decir, la norma se hizo para castigar a las mafias, no a los ciudadanos y no para castigar “conductas de adquirir o consumir bienes o servicios ofrecidos por vendedores informales en el espacio público”.