Economía
Estos artículos del Plan Nacional de Desarrollo podrían afectar al bolsillo de los colombianos
El proyecto ya fue aprobado por el Senado y la Cámara, de manera que pasará a sanción presidencial.
En la madrugada del viernes, 5 de mayo, el informe de conciliación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) Colombia potencia mundial de la vida 2022-2026 fue aprobado tanto por el Senado como por la Cámara de Representantes.
En ese orden de ideas, el proyecto que será la hoja de ruta del Gobierno Petro pasará a sanción presidencial.
“El Congreso de la República ha aprobado el Plan Nacional de Desarrollo: Colombia Potencia mundial de la Vida; con mi firma se convertirá en ley de la República y comenzará de lleno nuestro gobierno. Hasta ahora habíamos gobernado con el Plan de Duque. Gracias a los senadores y representantes”, celebró el mandatario.
Respecto a los cambios que tuvo el PND en la conciliación, se destaca el hundimiento del artículo 8, el cual fijaba la “implementación del informe final de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad”.
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Pero también hay preocupaciones, respecto a las finanzas personales de los colombianos, pues con algunos artículos se podrían ver afectadas.
Se recortan los tiempos en la revisión técnico-mecánica: El PND aprobó que los vehículos nuevos de servicio particular diferentes a motocicletas y similares se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del quinto año contado a partir de la fecha de su matrícula en el registro nacional automotor.
A su vez, los vehículos nuevos de servicio público, así como las motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos años contados a partir de su fecha de matrícula.
La actualización del predio sería de manera automática: Cuando un predio no ha sido actualizado en los últimos cinco años, se realizará de manera masiva para así mejorar la planificación del territorio, lo que también busca corregir las inequidades en la carga tributaria, pues así se pagará más, basándose en lo que se declare.
“En los convenios de cofinanciación de nuevos proyectos o sistemas se deberá incluir la obligación a cargo de las entidades territoriales de actualizar los catastros de las zonas en donde se ubique el proyecto, de tal manera que se tenga una nivelación entre el avalúo catastral con el comercial; así mismo, la de implementar instrumentos de captura de valor del suelo como contribución por valorización o plusvalía por obra pública. La financiación de la actualización de los catastros de las zonas en donde se ubique el proyecto estará a cargo de las entidades territoriales sin comprometer recursos del convenio de cofinanciación”, dice.
Financiación de sistemas de transporte: El texto aprobado estipula que las autoridades de los departamentos, municipios, distritos o áreas metropolitanas podrán aportar recursos propios y recursos de capital para la sostenibilidad de los sistemas de transporte público. Para estos efectos, las entidades territoriales podrán comprometer un porcentaje del recaudo del impuesto predial unificado.
Contribución por el servicio de parqueadero o de estacionamiento en vía: El mismo artículo explica que los órganos territoriales podrán establecer una contribución a las tarifas al usuario de parqueaderos fuera de vía o estacionamientos en vía y podrán destinar recursos obtenidos por esta fuente para la sostenibilidad y calidad de sus sistemas de transporte. El hecho generador del tributo corresponde al uso del servicio de parqueaderos fuera de vía o estacionamiento en vía, los sujetos activos serán los municipios o distritos. Serán sujetos pasivos los usuarios del servicio gravado.
Cobros por estacionamiento en vía pública: Las autoridades territoriales podrán cobrar contraprestaciones económicas por el estacionamiento de vehículos o zonas de estacionamiento regulado o denominadas zonas azules o espacio público habilitados para ello, sin perjuicio de que con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente disposición hayan implementado el cobro por el estacionamiento en vía.
Modificación en los subsidios de energía: La eliminación del subsidio energético para el estrato 3 y su reducción para los estratos 1 y 2, así como la posible eliminación del subsidio a la gasolina podrían aumentar el costo de vida y restringir el acceso a bienes y servicios, especialmente para las personas más vulnerables.
Los aranceles inteligentes: La propuesta se da para que la industria nacional compita con las importaciones.
En ese sentido, el Gobierno nacional estará autorizado para adoptar medidas comerciales de carácter restrictivo o de fomento, por razones de seguridad nacional, incluyendo soberanía alimentaria y protección de la industria y el mercado. Lo anterior se definirá conforme a la Constitución, las leyes y las obligaciones internacionales de Colombia.
Igualmente, podrá adoptar medidas de carácter recíproco frente a las medidas que adopte un gobierno extranjero o ente soberano, por razones seguridad nacional u otras razones internas que no sean sujetas a control legal bajo los mecanismos de solución de diferencias internacionales vigentes.