IMPUESTOS
Fuerte pulso del gobierno por salvar el recaudo de impuestos, por demanda contra la reforma tributaria
Audiencia pública en la Corte Constitucional. El punto más álgido y de mayor impacto en las finanzas públicas es el de la no deducibilidad de las regalías, en el momento de pagar el impuesto de renta por parte de las empresas de la industria extractiva.
La audiencia pública convocada por la Corte Constitucional, para escuchar los argumentos tanto de los demandantes como de los demandados, en el contexto de las acciones jurídicas contra la reforma tributaria, ha tenido un fuerte pulso de parte y parte.
Lo que pretenden los accionantes es que se tumbe el artículo de la Ley 2277 de 2022 (reforma tributaria), que incluyó una medida que impide que las empresas de la industria extractiva en Colombia puedan deducir las regalías que aportan por sacar los recursos del subsuelo, en el momento de pagar el impuesto de renta, como lo venían haciendo hasta el momento.
El actual gobierno, al tramitar la reforma tributaria, incluyó ese artículo, con el cual, pretende obtener un mayor recaudo que le permita financiar la política social y ambiental propuesta, en el entendido de que la extracción de recursos naturales no renovables son un activo del Estado que se agota con su uso.
Para contrarrestar esa situación que, en otras palabras, deja un hueco y un efecto social en el lugar en el cual se realiza, en la normatividad que fue aprobada en el Congreso, introdujo la medida. Con esta, “la contraprestación económica a título de regalía de que tratan los artículos 360 (la explotación de un recurso natural no renovable) y 361 (ingresos corrientes del Sistema General de Regalías) de la Constitución Política no será deducible de la base gravable del impuesto sobre la renta, ni podrá tratarse como costo ni gasto de la empresa explotadora de recursos naturales no renovables”.
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Para defender el artículo, que es el que está en discusión en la audiencia de la Corte, el Gobierno llevó toda su artillería. El Ministro de Hacienda, el director de la Dian, la entonces ministra de Minas, representantes de Contaduría Pública (entidad que lleva las cuentas del Estado), entre otros. Por su parte, como existen varias demandas sobre el mismo ítem, fueron distintas voces las que intervinieron para tratar de hundir el punto establecido en la reforma tributaria.
El dilema ha llevado a un tira y afloje jurídico entre los derechos a la justicia, según alegan los demandantes, y a la igualdad y a la necesidad de hacer claridad entre lo que es una contraprestación y un impuesto, según exponen los demandados.
De esa manera, se destaca la argumentación del ministro Ricardo Bonilla, quien en cinco conceptos hizo toda la claridad de lo que está defendiendo el gobierno al pedir a la Corte que declare la exequibilidad del artículo de la reforma tributaria.
“Las regalías son una contraprestación al Estado de algo que le pertenece, pero que lo extrajo un particular”. De esa manera, si se extraen 100 barriles de petróleo, 65 son para el privado y 35 para el Estado.
Por lo tanto, al permitir la deducibilidad, según argumentó el jefe de las finanzas públicas, “se le estaría entregando al particular una propiedad que nunca fue suya, y, de paso, afectando el presupuesto general, con lo cual se desfinanciarían sectores como el ambiental, el de deportes, para mencionar solo unos ejemplos”.
Eso, sin contar con que las regalías van a la inversión del desarrollo en los territorios, justo, donde queda el efecto de la extracción de los recursos naturales no renovables, expusieron los defensores del Estado.
En la audiencia salireon a relucir normas que dicen que el cobro de regalías no riñe con el cobro de cualquier otra contribución, pero para las empresas del sector se trata de una violación a los derechos que expresa la Constitución colombiana.
Para el gobierno, “antes de la Reforma Tributaria actual, el pago de estas regalías podía ser deducido de la base para el impuesto de renta, siempre y cuando cumpliera los requisitos generales para su deducción. Permitir la deducción de esta contraprestación pagada por el uso del suelo significa que todos los colombianos asumimos una parte del costo de las regalías porque se disminuye el impuesto sobre la renta a pagar, impuesto necesario para financiar los programas sociales de todos los colombianos”.
Ahora solo queda esperar el trámite que seguirán las demandas en la Corte, luego de evaluar cada argumentación.