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Inflación en Colombia 2023: Estos son los servicios que subirán este año
El Dane reveló que la variación del IPC el año pasado fue del 9,28 %.
El mercado colombiano aguardaba con expectativa la publicación de los datos de inflación programada para el martes 9 de enero. Los resultados indican un alivio continuo para las familias colombianas en términos del costo de vida.
Según el informe presentado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) este martes, 9 de enero, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a lo largo de 2023 se situó en un 9,28 %, evidenciando una desaceleración significativa en comparación con el 13,12 % registrado en 2022.
El dato de inflación resultó ser inferior a las expectativas de los analistas económicos, quienes pronosticaban que la variación del IPC cerraría el año 2023 en un 9,49 %. Es importante destacar que la inflación en Colombia no había alcanzado cifras de un solo dígito desde junio de 2022, cuando cerró en un 9,67 %.
Este nuevo dato refleja una tendencia a la baja en la tasa de inflación, proporcionando un indicio positivo para la economía colombiana.
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El dato mensual, es decir, en solo diciembre del año pasado, el dato quedó en 0,45 %. Mientras que en el mismo mes de 2022, el resultado fue del 1,26 %.
Es importante tener presente que los arriendos de casas y apartamentos también suben con relación al IPC, por lo que los precios también subirán un 9,8 %, según la proyección mencionada.
A su vez, en todos los casos, al inicio de cada año deberá aplicarse el incremento a la cuota alimentaria, con base en lo que se haya pactado en el acta de conciliación o acorde a la orden de la autoridad que haya fijado la cuota alimentaria (comisaria de familia, defensoría de familia ICBF, o juez de familia.), este incremento se realizará acorde al aumento del salario mínimo o al IPC del año anterior (2023).
“Si en el acta que determinó la cuota para los hijos se determinó que esta se incrementará acorde al salario mínimo, el incremento a aplicar será del 12.07%, por el contrario, si se estableció el incremento acorde al IPC, el aumento será del 9.28%, en todo caso para facilitar el cálculo a todos los usuarios y abogados, creamos la calculadora automática de cuota alimentaria 2024, con esta herramienta, padres y madres, podrán calcular cuál es la cuota a pagar en este 2024″, indica Jimmy Jiménez fundador del bufete de abogados Integrity Legal.
Por su parte, respecto al salario mínimo, que no solo determina los ingresos adicionales de los empleados, sino que también influye en los ajustes de diversos aspectos en el país, como los alquileres y las cuotas de administración de propiedad horizontal, también determina el incremento en el precio de algunos servicios como:
- Reglas de los subsidios de vivienda.
- Costos de derechos notariales y de registro de predios.
- Costos de los servicios públicos.
- Costos de los servicios veterinarios.
- Las tarifas de buses intermunicipales.
El presidente de Fedelonjas, Mario Ramírez, dijo que “los arrendamientos son un aspecto de alto interés para la población colombiana, pues el 40,2 % de los colombianos habitan en alquiler y el dato supera el 47 % en las ciudades principales. El incremento del canon afecta no solo a las familias que viven en arriendo, sino a los propietarios de las viviendas que en un 85% pertenecen a los estratos 1, 2 y 3 y, a falta de pensión, devengan sus ingresos de dichos alquileres”.
“El mercado de los arriendos supera los 27,12 billones de pesos anualmente y la mayoría de las viviendas en alquiler se concentran en los estratos 1, 2 y 3″, agregó el presidente de Fedelonjas quien recordó que “de estos ingresos, los propietarios también deben pagar sus obligaciones y gastos habituales como impuestos y reparaciones”.
Así mismo, aclaró que los arrendamientos no se incrementan automáticamente en enero, sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o a partir del último incremento y que el aumento definido es legal siempre y cuando “este no supere el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se encuentre arrendada”.
También es importante recordar que este reajuste no aplica para contratos de vivienda firmados antes de 2003 o de alquiler de inmuebles para uso comercial. En usos como locales, bodegas, consultorios, oficinas y los diferentes a vivienda, tanto el valor como el incremento deberán acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó consignado en el contrato de arrendamiento.