Leyes
La reforma pensional trae un cambio grande para quienes trabajan por prestación de servicios y para las empresas que los contratan
Comenzará a regir a partir de julio de 2025. La nueva ley trae también enormes desafíos para las oficinas de recursos humanos de las empresas.
La creación de un nuevo sistema de protección social integral para la vejez en remplazo de la Ley 100 no solo implica el establecimiento de un sistema de pilares, sino también una reducción en los subsidios que el Estado otorgará a los pensionados, cuyo límite máximo pasará de 25 salarios mínimos a 2,3.
La Ley 2381 del 16 de julio de 2024, que le dio vida a la reforma pensional del Gobierno Petro, tiene, de hecho, 54 macrotemas que deben ser reglamentados por la cantidad de cambios que fueron aprobados y que no están claros. Requerirá, además, adecuaciones operativas en los fondos privados y en Colpensiones, los cuales ya no competirán, sino que tendrán que trabajar de manera complementaria y para lograrlo cuentan con tan solo un año.
En un evento sobre la implementación y los desafíos de la reforma pensional, organizado por la facultad de jurisprudencia de la Universidad del Rosario, se presentaron algunos de los cambios no tan evidentes que trae la nueva ley pensional y que también empezarán a regir en julio de 2024. Uno de ellos está en el artículo 7 de la reforma, el cual se refiere a las personas que trabajan por prestación de servicios. Allí se establece que las empresas que contratan este tipo de trabajadores deberán realizar el pago de sus aportes a pensiones y, para tal efecto, descontarán de los honorarios el monto de las cotizaciones obligatorias y realizarán el descuento de las cotizaciones voluntarias que expresamente haya autorizado por escrito el contratista de prestación de servicios.
Esto implica un cambio grande, pues actualmente quienes trabajan por prestación de servicios primero deben pagar su seguridad social y, con esa constancia de pago, pueden pasar la cuenta de cobro a la empresa que los contrató. Ahora esa responsabilidad quedará a cargo de las empresas, lo que podría ser benéfico para este tipo de trabajadores, dado que no tendrían que sacar de su bolsillo para recibir un pago posterior, sino que cuando les lleguen sus honorarios estos ya vendrían con todos los descuentos de ley, al tiempo que cumplirían con su deber de cotizar a pensiones.
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Igualmente, es una medida que podría servir para evitar la práctica de algunas personas que trabajan bajo esta modalidad y suelen pagar su seguridad social por debajo del valor real que perciben como honorarios.
El abogado laboralista Andrés Jiménez, quien participó en el evento de la Universidad del Rosario, aclaró que esto también tendrá que ser reglamentado, pues se necesitará saber si el contratista pagará su seguridad sobre el 40 o el 25% del valor del contrato.
Así mismo, Mario Plata, director ejecutivo de la Asociación de Gestión Humana, Acrip, Región Central, advirtió que la reforma trae grandes desafíos para las oficinas de recursos humanos de las empresas, pues estas deberán tener más información de los trabajadores, por ejemplo, conocer sus historias laborales para saber si están o no en el régimen de transición, pues de eso dependerá la forma en que les seguirán pagando sus aportes a pensiones.
Quienes estén en transición (aquellos que en julio del año entrante tengan más de 750 semanas cotizadas si son mujeres y más 900 si son hombres) no percibirán ningún cambio y sus aportes se seguirán haciendo como hasta ahora, pero quienes no cumplan con ese requisito deberán cotizar sobre sus primeros 2,3 salarios mínimos en Colpensiones y el resto en un fondo privado.
Se presume que aquellos que están actualmente en fondos privados seguirían en el que ya están, pero aquellos que no sean de transición, ganen más de 2,3 salarios mínimos y estén afiliados a Colpensiones tienen que elegir un fondo privado para sus cotizaciones por encima de ese valor y para esa elección sólo les quedan cinco meses, pues la ley dio un plazo de seis meses a partir de su promulgación para hacer esa escogencia y ya pasó el primer mes.
Igualmente, aparecen dudas con respecto a las miles de personas cuyo salario varía con frecuencia y algunos meses pueden estar por encima de los 2,3 salarios mínimos (cotizando en Colpensiones y en un fondo privado) y otros por debajo de ese valor, lo que no es solo un desafío para las oficinas de recursos humanos, sino para el sistema en general, pues afecta el ahorro de los pensionados del futuro.