DECLARACIÓN DE RENTA
Llegó la hora de la declaración de renta 2021: Dian lanza la guía para presentarla a tiempo
Entre el 10 de agosto y el 20 de octubre serán los vencimientos para hacer el trámite en personas naturales, sin embargo, no hay que esperar hasta la última hora. Aliste papeles.
Tan pronto como empieza el segundo semestre del año llega el momento de pensar en que hay que presentar la declaración de renta ante la Dian, por el año gravable inmediatamente anterior (en este caso, para reportar los ingresos de 2020).
Entre el 10 de agosto y el 20 de octubre será el calendario con las últimas fechas para cumplir con la obligación de declarar renta. Pero no es necesario esperar hasta la última hora. El trámite puede hacerse de forma temprana, para evitar contratiempos.
Por eso, la Dian lanzó este jueves las fechas y la guía, con todo lo que los contribuyentes y obligados a presentar la declaración de renta en 2021, deben tener presente.
En especial, es necesario ir alistando los papeles que, por regla, se deben tener a la mano para declara renta y, si le corresponde, pagar ese impuesto como persona natural.
Para tener en cuenta
1. Las fechas. Como es habitual, las últimas fechas en el calendario dependerán de su número de identificación. La Dian utiliza los dos últimos dígitos para establecer los días, luego de los cuales, si no ha cumplido con la obligación de declarar renta, empezarán a aplicarle sanciones e intereses por extermporaneidad.
2. Hágalo usted mismo. Lo ideal es que cada ciudadano realice el trámite de presentar la declaración de renta ante la Dian. Para ello, las personas podrán tener varias alternativas que ofrece la autoridad tributaria: El Programa Ayuda Renta 2020, las declaraciones sugeridas, y el paso a paso que lo va guiando.
3. Asegúrese de la información. Tenga presente que la información que usted incluirá en el formulario de declaración de renta, en general, ya la tiene la Dian, a través de la llamada información exógena que de usted reportan terceros. Así que, la sugerencia es que la consulte antes de hacer la declaración de renta.
Según la Dian, la información exógena estará disponible para consulta, a partir del 27 de julio, en la web de la Dian.
4. El famoso sistema cedular. De acuerdo con lo señalado por Julio Fernando Lamprea, director de gestión de ingresos de la Dian, el sistema de renta cedular (es decir, las casillas en las que cada persona se identifica como pensionado, asalariado, rentista de capital) clasifica los ingresos de acuerdo con su origen, para aplicar una tarifa y dar un tratamiento particular a cada perfil.
De esa manera, las cédulas para este año son: Cédula General (Rentas de trabajo, de capital y no laborales); Cédula de Rentas de Pensiones, y Cédula de Rentas de Dividendos y Participaciones.
5. El formulario. Recuerde que el formulario para presentar la declaración de renta es el 210.
Los que van a declarar
Para quedar obligado a presentar la declaración de renta se debe cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:
1. Tener un patrimonio bruto superior a 4500 UVT ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020.
2. Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
3. Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
4. Haber realizado compras y consumos totales superiores a mil cuatrocientas 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
5. Haber recibido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a mil cuatrocientas 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
6. Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2020.
Los papeles a alistar
Para declarar renta hay dos documentos claves, que son el RUT y el certificado de ingresos y retenciones en la fuente. En ellos podrá corroborar la información básica que de usted pide la Dian: su actividad económica y los recursos que movió durante el año gravable.
Pero como aún siguen vigentes algunas deducciones, será importante tener a la mano otros papeles como: certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda; certificados por pagos de salud y educación; pago de impuesto predial; certificaciones bancarias con los ingresos que tenía en su cuenta hasta el 31 de diciembre de 2020, principalmente.
Así que, manos a la obra.