Plan Nacional de Desarrollo

Petro planea meterle mano a la SIC y a las Supersociedades, así las cambia en el Plan de Desarrollo

El Gobierno nacional planea el fortalecimiento de las superintendencias de Sociedades y de Industria y Comercio.

3 de febrero de 2023
Superindustria
Se busca determinar y modificar los objetivos y competencias relacionadas con el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control, incluido el régimen sancionatorio a cargo de las Superintendencias de Sociedades y de Industria y Comercio. | Foto: Web de la Superintendencia de Industria y Comercio

El Plan Nacional de Desarrollo comenzará trámite en el Congreso de la República la próxima semana y el país está a la expectativa de los cambios que traerá esta nueva normativa en temas económicos, sociales y de proyección de crecimiento en el país.

Entre otros proyectos que se tienen planeados está el fortalecimiento de las Superintendencias de Sociedades y de Industria y Comercio.

En ese orden de ideas, de acuerdo con el borrador del proyecto, “de conformidad con lo establecido en el artículo 150 numeral 10 de la Constitución Política, revístese al presidente de la República de precisas facultades extraordinarias, por el término de seis (6) meses a partir de la fecha de publicación de la presente ley, para expedir normas de ley”.

Superintendencia de Sociedades
Se incluye “la definición de incentivos no tributarios, mecanismos para promover alianzas de atracción de inversión extranjera directa sostenible y transferencias tecnológicas, cesión y gestión de activos y esquemas de financiamiento para el fortalecimiento productivo". | Foto: Cortesía Superintendencia de Sociedades

Particularmente, en este caso, a “determinar y modificar los objetivos, funciones y competencias relacionadas con el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control, incluido el régimen sancionatorio a cargo de las superintendencias de Sociedades y de Industria y Comercio”.

Depurar la normativa

De igual forma, se busca “armonizar y depurar la normativa vigente para establecer los instrumentos que se requieren para implementar las políticas de reindustrialización y fortalecimiento de la economía popular y comunitaria”.

En este punto se incluye “la definición de incentivos no tributarios, mecanismos para promover alianzas de atracción de inversión extrajera directa sostenible y transferencia tecnológicas, cesión y gestión de activos y esquemas de financiamiento para el fortalecimiento productivo”, entre otros.

El contexto

Es una propuesta de política pública para cuatro años, que “debe honrar las promesas de campaña del presidente Gustavo Petro”.

Otro al que se hace referencia es a la transición energética. Se han escuchado voces que ponen la lupa en un artículo que se refiere a la autorización para la integración de las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica.

El presidente de la República, vía facultades extraordinarias, también podrá fusionar, liquidar, reestructurar y hasta suprimir empresas del sector eléctrico.

Además, se da facultades al mandatario de los colombianos para modificar esquema de subsidios. No solo serán monetarios, también habrá en especies, dentro de la meta de garantizar la seguridad alimentaria. Para hacer la entrega de ayudas, se crea el Sistema Nacional de Transferencias.

El presidente Gustavo Petro tendrá facultades por seis meses para “expedir decretos con fuerza de ley, con el fin de modificar los programas de Familias y Jóvenes en Acción e incorporarlos al Sistema de Transferencias de que trata el presente artículo”.

Canales para adultos.
Otro de los puntos que más llama la atención está dirigido a los canales de entretenimiento y contenido para adulto. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Canales para adultos

Otro de los puntos que más llama la atención está dirigido a los canales de entretenimiento y contenido para adultos, los cuales pasarían a pagar impuestos para su operación, con el fin de incentivar políticas y proyectos en contra de la explotación sexual infantil y, por tanto, se pondrían más caros. Esto se logrará mediante la modificación del artículo 22 de la Ley 679 de 2001.

PND
Se incluye la definición de incentivos no tributarios, mecanismos para promover alianzas de atracción de inversión extranjera directa sostenible y transferencias tecnológicas, cesión y gestión de activos y esquemas de financiamiento para el fortalecimiento productivo. | Foto: PND

Además, el Plan Nacional de Desarrollo dice en su texto que con el cambio, esta norma quedaría así: “Los operadores de televisión por suscripción que ofrezcan el servicio de pago por evento de películas, videos o canales de contenido sexual para adultos, y las plataformas digitales exportadoras de servicios de entretenimiento de contenido sexual para adultos, pagarán una contribución correspondiente al cinco por ciento (5 %) sobre el valor de cada servicio prestado o exportado”.