ECONOMÍA
Lo último: minTrabajo apunta a desmontar contratos precarios, ¿fin a los contratos de prestación de servicios?
La ministra Gloria Inés Ramírez aseguró que para tener un “salario digno y decente” hay que ponerles fin a “contratos precarios y tercerizados”.
El nombramiento de la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, desató una enorme controversia política, pero también confirmó que en materia laboral se viene un gran revolcón. La nueva ministra ha ido soltando una a una las reformas a las que apunta.
Una de las de más fondo la reveló en SEMANA. En una entrevista, anunció que cambiará de modo drástico la manera en que se pagan las horas extra para beneficio de los trabajadores. “La jornada laboral es solo un elemento. En Colombia fue reformado el tema y la jornada diurna la pusieron desde las seis de la mañana hasta las diez de la noche. Pues yo quiero corregir eso”, dijo.
La ministra agregó que “las jornadas laborales diurnas serán de las seis de la mañana a las seis de la tarde. La jornada nocturna es de las seis de la tarde a las seis de la mañana. En medio de ese concepto, si las empresas tienen que pagar horas extras, pues que las paguen. Pero no podemos -en aras de un proceso económico- ir quitando derechos laborales fundamentales a los trabajadores, como el derecho al descanso y al estudio”.
No es el único punto que podría beneficiar al trabajador. La ministra también contó en diálogo con Caracol Radio que no está de acuerdo con las formas de contratación que se realizan hoy en el país, por fuera del tradicional contrato laboral. Para ella, es muy importante “desarrollar la Constitución Política colombiana en materia de trabajo, los temas laborales no se han tocado a profundidad.”
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En ese sentido, sin mencionarlo, nombró un punto fundamental para millones de colombianos: los contratos de prestación de servicios. “Pretendo desarrollar el artículo 53 de la Constitución que da unos criterios como un salario digno y decente y eso implica que los contratos precarios y tercerizados no hagan parte de esa cadena”, agregó a Caracol Radio.
Escuche a María Isabel Rueda hablar de la reforma tributaria.
La declaración da por hecho que los contratos de prestación de servicios en que muchos colombianos trabajan con horario y no tienen los mismos derechos que quienes están vinculados laboralmente, como cesantías, vacaciones y cotización al sistema general de seguridad social y salud por el total de los ingresos.
También incluirá reformas a los sistemas de contratación tercerizados por medio de empresas temporales, muy usuales en trabajadores de bajos ingresos que prestan servicios esenciales.
Los proyectos que buscan ponerles tatequieto a esos contratos
Luego de la radicación de cientos de proyectos de ley en el Congreso, uno de los que más ha suscitado la atención de los ciudadanos ha sido el que busca cambiar las condiciones de los contratistas por prestación de servicios.
Según las estadísticas de la página, cerca de 600 personas han buscado y descargado la iniciativa, de autoría del Partido de la U. Esto es todo un récord si se tiene en cuenta que normalmente el ciudadano poco tiene acceso a los portales en los que se publican los proyectos de ley.
Una de las grandes novedades de la iniciativa es que establece un período de descanso remunerado legal para los contratistas de prestación de servicios, un beneficio del que no gozan actualmente.
“Cuando el contratista sostenga un vínculo de uno o varios contratos de prestación de servicios con una empresa privada durante el término de por lo menos 18 meses, consecutivos, sin que transcurran más de 90 días para la celebración entre ellos, la empresa deberá otorgar al contratista un permiso remunerado para descanso, equivalente a 15 días hábiles, cubiertos dentro del valor total del contrato de prestación de servicios”, indica la iniciativa.
El mismo permiso de 15 días hábiles se deberá otorgar “en los casos que una entidad estatal sostenga un vínculo de uno o varios contratos de prestación de servicios con la misma persona natural, durante el término de por lo menos 18 meses, consecutivos, sin que transcurran más de 90 días para la celebración entre ellos”.
Adicionalmente busca generar sanciones fiscales y disciplinarias, a los empleadores que permitan que los contratistas presten servicios sin estar formalmente vinculados a la entidad.
“Bajo ninguna circunstancia ninguna persona natural podrá prestar servicios hasta tanto se encuentre formalmente contratada con la entidad, so pena de sanciones fiscales y disciplinarias”, señala el proyecto.
Igualmente, se busca promover que tanto las entidades públicas como las privadas tengan al menos el 80 % de su planta de personal mediante contrato laboral, es decir, que máximo se podrá recurrir al contrato de prestación de servicios con el 20 % del personal.
La iniciativa también pretende que quienes estén vinculados por prestación de servicios tengan una mesada pensional digna, para lo cual se hace una modificación drástica en el aporte a salud y pensión que hacen estos trabajadores.
Actualmente, el trabajador asume de manera independiente el pago de la seguridad social a partir del 40 % del Ingreso Base de Cotización (IBC), que es básicamente lo que recibe mensualmente.
Ahora, con este proyecto, ese pago es asumido también por la entidad contratante.
“El 40 % del valor a pagar será asumido por el contratista y el 60 % restante será asumido por la entidad pública o empresa privada contratante”, señala el texto.
También se busca incentivar que, en los casos en los que su labor lo permitan, se privilegie el uso del teletrabajo para los contratistas por prestación de servicios.
Los contratos por prestación de servicios se han convertido en una modalidad fuertemente arraigada en el país tanto en el sector público como privado, y que ha sido utilizada como modo de encubrir las relaciones laborales, esquivando las garantías que supone el esquema de protección social de los trabajadores.
De hecho, solo en el sector público para el año 2021 se registraban más de 530.000 personas vinculadas a través de esta modalidad, representando el 48,71 % del total del personal contratado en las entidades del Estado.