Economía
Los productos que aumentarán de precio en Colombia en noviembre por la reforma tributaria
Desde noviembre de este año, entrarán en vigencia los impuestos saludables de la reforma tributaria.
En reiteradas ocasiones, la Organización Mundial de la Salud (OMS), ha impulsado la adopción de impuestos saludables, que fue uno de los puntos más debatidos durante la discusión de la reforma tributaria de Gustavo Petro.
“Son aquellos que gravan los productos no saludables (por ejemplo, tabaco, alcohol, bebidas azucaradas)”.
El organismo sanitario internacional explica que: “El consumo de estos productos es un factor de riesgo importante para múltiples enfermedades no transmisibles (ENT), incluidas enfermedades cardiovasculares, cáncer, enfermedades respiratorias y diabetes. Así mismo, el consumo de estos productos genera externalidades negativas, así como consecuencias socialmente indeseables que no se reflejan en su precio de mercado”.
Y agrega la entidad: “los impuestos saludables son medidas progresivas que benefician relativamente más a las poblaciones de bajos ingresos, considerando la reducción en los costos de atención médica y la carga sanitaria que estas enfrentan”.
En su momento, el presidente de la República, Gustavo Petro, este tema era una prioridad, pero parte de la discusión se centró en que la comida más saludable suele ser más costosa, por lo que podría afectar particularmente a los hogares más vulnerables.
Así las cosas, los alimentos a los que se les cobrará este impuesto son:
Para las bebidas azucaradas
Si la bebida tiene menos de 6 g de azúcar por cada 100 ml, no le aplicaría impuesto durante los primeros tres años.
Si la bebida tiene de 6 g a 10 g de azúcar por cada 100 ml, le aplicaría un impuesto de $18 a $28.
Si la bebida tiene más de 10 g de azúcar por cada 100 ml, le aplicaría un impuesto de $35 a $55.
De otro lado, los alimentos ultraprocesados (entre los que están los embutidos, snacks, cereales, galletas, dulces, chocolates, o lo que coloquialmente se conoce como ‘mecato’), tendrían un impuesto sobre el precio final, de la siguiente manera:
En 2023: impuesto del 10 %.
En 2024: impuesto del 15 %.
En 2025: impuesto del 20 %.
Así mismo, las carnes frías están incluidas en el listado por su alto nivel de sodio, estos son: los perniles, el salami, el peperoni, las preparaciones de pavo y de pollo, las albóndigas, las empanadas de carne, las salchichas, el jamón.
De igual manera, entran varios dulces, como lo son los chicles, las gomitas, las mermeladas, los masmelos, las barras de cereal, las tortas, los alfajores, las papás fritas, los patacones, los chicharrones, las brevas y los duraznos en almíbar, los helados, los brownies.
Y con la llegada de la temporada navideña, hay productos que tampoco se salvaron: quedaron dentro de estos tanto la natilla como los buñuelos.
Las salsas también están en el paquete, la de tomate, la mostaza y la mayonesa. Y los alimentos para bebés, como la compota.
En las bebidas azucaradas quedaron todas: las gaseosas, las leches achocolatadas, el café instantáneo, el chocolate, las energizantes y los jugos.
“Los costos asociados serán trasladados al consumidor”, explica experta
Es importante recordar que aunque este incremento en el precio será gradual, el exceso en costos afectará tanto a productores, vendedores e importadores, y muy probablemente se vean trasladados al consumidor final.
Para Sara Valbuena, tributarista y directora legal de Ventus Consultores, aunque el sujeto a impuestos no es el consumidor final, este puede ser impactado con un incremento hasta del 3%.
“En este caso, el sujeto pasivo es el productor, vendedor, importador o quien genere transferencia de dominio. En este sentido, puede verse obligado a incrementar costos asociados al impuesto, viendo disminuida su rentabilidad y buscará equilibrar esta alza trasladando este valor al consumidor”, afirma Valbuena.