Economía
MinMinas entra en la pelea jurídica por embargo de EPM a la Nación: el recurso no es viable
Indican que la legislación colombiana protege las cuentas de la Nación de un embargo.

El alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, anunció hace algunos días la decisión que tomó el Juzgado Décimo Civil del Circuito, en la que ordenó el embargo de las cuentas del Gobierno nacional tras deudas con EPM. De acuerdo con lo explicado, el Gobierno aún no ha pagado la totalidad de los subsidios a la tarifa de energía de los estratos 1, 2 y 3 que desde el año pasado se debe a EPM.

Tras la publicación del mandatario local, el primero en pronunciarse fue el presidente Gustavo Petro, quien criticó fuertemente la medida. Luego de ello, se conoció la posición oficial del Ministerio de Hacienda, que aseguró que sería inviable este recurso.
Hace algunas horas, se conoció también la posición oficial del Ministerio de Minas y Energía tras la problemática que se vive, luego de la decisión del tribunal.
En la posición, la subdirección administrativa y financiera del Ministerio de Minas asegura que la Constitución Política de Colombia dispone que “los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescindibles e inembargables”.
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Adicional a ello, también detallan que el artículo 594 del Código General del Proceso, Ley 1564 de 2012, establece: “(...) los bienes inembargables. Además de los bienes inembargables señalados en la Constitución Política o en leyes especiales, no se podrán embargar: (...) 1. Los bienes, las rentas y recursos incorporados en el presupuesto general de la Nación o de las entidades territoriales, las cuentas del sistema general de participación, regalías y recursos de la seguridad social”.
Dichos artículos demuestran que la orden proferida por el juez en el caso de EPM no tendría validez alguna, por lo que el Ministerio debe expedir una certificación de inembargabilidad para el proceso ejecutivo mencionado y que se realiza en contra del Ministerio de Minas y Energía.
