Créditos
Ojo al dato: esto es lo máximo que podrán cobrar por intereses los bancos en octubre
Gran parte de los topes bajaron para el mes entrante.
La Superintendencia Financiera anunció este jueves -29 de septiembre- los nuevos topes que regirán para los intereses bancarios en el país durante el mes de octubre, luego de que la junta directiva del Banco de la República ajustara las tasas de interés, en medio de su lucha por bajar la inflación.
Esta reglamentación estará vigente hasta el próximo 31 de octubre para los créditos de consumo y ordinario, hasta el 31 de diciembre para los microcréditos y hasta el 30 de septiembre de 2023 para los microcréditos; según lo expuesto en la Resolución No. 1327. Ningún banco o entidad financiera en el país podrá cobrar más de lo establecido en la nueva norma.
Así las cosas, de acuerdo con la SuperFinanciera, el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se fijó en 24.61 %, lo cual representa un aumento de 111 puntos básicos (1.11 %) en relación con la anterior certificación (23.50 %). Para la modalidad de microcrédito quedó en 36.95 %, lo cual representa una disminución de 252 puntos básicos (- 2.52 %).
Entre tanto, para lo que respecta a la modalidad de crédito de consumo de bajo monto, el tope fue fijado en 29.37 %. Esto se traduce en una una disminución de 98 puntos básicos (-0.98 %) comparada con el mes pasado, cuando quedó en 30.35 %.
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Para los intereses moratorios, esta superintendencia indicó que “no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, 36.92 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, 55.43 % efectivo anual para la modalidad de microcrédito y 44.06 % para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto”.
Por último, la tasa de usura quedó fijada para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 36.92 % efectivo anual, resultado que representa un aumento de 167 puntos básicos. En lo que concierne a los microcréditos, lo máximo a cobrar será el 55.43 % efectivo anual, lo que representa una disminución del 3,78 % respecto al periodo anterior.
“Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos”, recordó la SuperFinanciera.
Para la modalidad de consumo de bajo monto el tope quedó en 44.06 %, es decir, una disminución de 147 puntos básicos.
Un ajuste a las tasas de interés
En un año, desde septiembre del 2021, el Banco de la República ha aplicado una persistente política de incremento en las tasas de interés de referencia y lo volvió a hacer este 29 de septiembre, cuando subió 100 puntos básicos a la cifra que se tenía: 9 %, con lo cual, ahora quedan en 10 %.
Con ello, durante todo ese lapso, las tasas de interés han subido 825 puntos, lo que, sin embargo, no ha logrado frenar el consumo, el cual está apalancado en el crédito, alto que tarde o temprano le pasará una alta factura a los colombianos. “Si hoy hacen un mayor gasto, con créditos, en el futuro tendrán que recortar gastos”, advirtió Leonardo Villar, gerente del Emisor.
La inflación, que es el motivo por el cual el Emisor aplica la política monetaria de subir las tasas de interés (para que se encarezcan los créditos y la gente le ponga freno al consuma), podría aguar la fiesta de diciembre, o al menos hacer pensar dos veces lo que se va a comprar para las celebraciones, pues si ya los precios de los productos están por las nubes, la escalada sigue.