Reforma Pensional
¿Qué es el pilar contributivo de la reforma pensional? Genera polémica en varios sectores
Este pilar contemplado en el proyecto hace modificaciones en los fondos privados de pensión.
La reforma pensional es una de las apuestas del Gobierno nacional que permitiría a miles de colombianos de tercera edad acceder a una asignación monetaria.
Para conseguir esta meta, el Gobierno se ha propuesto cambiar la forma en la que los colombianos ahorran actualmente para su vejez, con el fin de obtener recursos para destinarlos a este grupo poblacional vulnerable.
Sin embargo, varios han sido los reparos en los cambios que tendrían miles de trabajadores en el país y las consecuencias para los fondos privados de pensión, empresas que se encargan de administrar los ahorros de muchos.
Esta reforma se divide en cuatro pilares. El contributivo, el solidario, el semicontributivo y el de ahorro voluntario. El primero es el que reemplazaría al régimen de ahorro individual, que actualmente administran los fondos privados.
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De qué se trata el pilar contributivo de la reforma pensional
Este es el pilar que está dirigido a los trabajadores dependientes e independientes, servidores públicos y personas con capacidad de pago para cotizar y acceder a pensión.
Dicho pilar incluirá a todas las personas que estén afiliadas al sistema de pensiones, pero serán distribuidas de la siguiente manera.
- Colpensiones recibirá las cotizaciones que tengan hasta tres salarios mínimos mensuales vigentes, es decir, unos 3.480.000 pesos.
- Las administradoras de fondos de pensión se encargarán de recibir cotizaciones superiores a este monto.
Es preciso recordar que para este segmento, los empleadores realizarán un aporte del 75 % del total de la cotización, mientras que los empleados realizarán un aporte de 25 %.
Una de las críticas más recurrentes en este proyecto es la obligatoriedad que se genera y que no dejaría a colombianos elegir libremente en qué fondo quieren cotizar.
Otra de las críticas va de la mano con la reforma laboral. Según expertos, para que más colombianos se puedan pensionar, se hace necesario que aumente la formalidad en los empleos. Dicho indicador parece no ser la prioridad del proyecto que se cayó recientemente en el congreso.
Régimen de transición: ¿qué es y cómo cambiará tras la reforma pensional?
Las pensiones se han convertido en un tema de gran interés a nivel nacional durante este inicio de año, especialmente con toda la tela para cortar que se ha generado a causa de la reforma a este sector, propuesta por el Gobierno Petro.
A pesar de que algunas personas no le han visto futuro a este proyecto de ley en el Congreso, esta parece ser la reforma con mayor capacidad de consenso, si es comparada con las propuestas para el sector de la salud, y el laboral, y hasta incluso obtuvo su respectiva aprobación en el primer debate en el Senado.
Ante la aprobación de este proyecto de ley, una de las incógnitas alrededor de este nuevo proceso, es el régimen de transición a aplicar.
El régimen de transición se aplica cada vez que se hacen ajustes dentro de los estamentos que rigen el sistema pensional, con el fin de que estos cambios no apliquen para todos, y así no se vean afectados aquellos que pueden estar a punto de obtener su pensión, o incluso ya la alcanzaron.
En el caso de este proyecto de ley, estas condiciones están establecidas en los artículos 77 y 76, los cuales fueron de los últimos en ser sometidos a votación, debido a que no encontraban un consenso.
Estos artículos estipulan que las personas con más de mil semanas cotizadas mantendrán las leyes y estatutos que rigen actualmente, con el fin de evitar afectar el debido proceso que ya vienen adelantando desde años anteriores.
Sin embargo, durante el debate se planteó reducir este número de semanas, para que más gente se pueda ver resguardada bajo estos artículos, por lo que finalmente el acuerdo estableció que el plazo sería de 900 semanas para los hombres, y de 750 para las mujeres, recordando que para estas últimas, la Corte Constitucional estableció durante la semana pasada que el tope de semanas cotizadas para alcanzar la pensión es de mil.
Mientras que en el caso del artículo 77, se estableció que quienes posean este número de semanas cotizadas, y les falten menos de diez años para poder pensionarse, tendrán un periodo de dos años para poder realizar los cambios necesarios hacia el nuevo sistema.