Foto de referencia del pago de impuestos
Continúan los problemas en la plataforma relacionados con la generación y firma electrónica de los documentos necesarios para su formalización. | Foto: Getty Images

Economía

¿Qué hacer si no puede declarar renta, ante fallos de la Dian en su plataforma web?

Continúan los problemas en la plataforma relacionados con la generación y firma electrónica de los documentos necesarios para su formalización.

Redacción Economía
14 de agosto de 2024

La DIAN informó este martes que, según la certificación emitida el 13 de agosto de 2024 por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, la contingencia declarada el día anterior, en virtud del artículo 579-2 del Estatuto Tributario, se extenderá hasta el viernes 16 de agosto de 2024.

En consecuencia, las declaraciones de renta de personas naturales o asimiladas, activos en el exterior, gasolina y ACPM, y retención en la fuente que tengan vencimientos entre el 12 y el 16 de agosto de 2024, podrán presentarse y pagarse sin incurrir en sanciones por extemporaneidad ni intereses moratorios hasta el martes 20 de agosto de 2024.

El día de ayer, el sistema procesó 113.000 declaraciones; la gran cantidad de trámites realizados por los usuarios provocó una sobrecarga en los servidores. La entidad está trabajando en ajustes al sistema para asegurar su óptimo funcionamiento lo antes posible.

La Dian acaba de emitir una resolución para establecer los documentos equivalentes a la factura electrónica, entre los que están recibos de servicios públicos, entradas a cine o pasajes de transporte.
La Dian acaba de emitir una resolución para establecer los documentos equivalentes a la factura electrónica, entre los que están recibos de servicios públicos, entradas a cine o pasajes de transporte. | Foto: istock / semana

Asimismo, la DIAN exhorta a los contribuyentes a utilizar los servicios digitales durante esta semana para la presentación y pago de las declaraciones.

A partir del 12 de agosto, se dio inicio al período oficial para presentar la declaración de renta del año fiscal 2023 ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Los contribuyentes que excedan los límites establecidos por la entidad deberán preparar la documentación necesaria para presentar el informe y, si corresponde, efectuar el pago del impuesto sobre la renta.

Según la DIAN, aquellas personas con un patrimonio bruto superior a $190.000.000 al 31 de diciembre de 2023, o que hayan tenido ingresos brutos por encima de $59.377.000 durante el año fiscal, lo que equivale a un salario mensual aproximado de $4,9 millones, estarán obligadas a declarar.

Además, también deberán presentar su declaración quienes hayan realizado compras o consumos superiores a $59.377.000, o que hayan efectuado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras que superen esa cantidad.

En el caso de las personas jurídicas, el límite para este año se ha fijado en un 35% sobre el valor total del patrimonio reportado ante la DIAN.

Es importante señalar que el calendario tributario para estas entidades es distinto al de las personas naturales, ya que los pagos correspondientes para las personas jurídicas se llevaron a cabo en mayo y julio.

La Dian busca volver obligatoria la declaración anticipada para todas las importaciones, como parte de su batalla contra el contrabando.
Los pagos correspondientes para las personas jurídicas se llevaron a cabo en mayo y julio. | Foto: Bani Gabriel Ortega