SUBSIDIO
Reforma pensional: subsidio para adultos mayores que no se pensionen ya no será de medio salario mínimo
El articulado será radicado ante el Congreso de la República el próximo 22 de marzo.
El misterio en torno al articulado de la reforma pensional, que en menos de ocho días será presentado al Congreso de la República, quedó despejado. Esto, debido a que finalmente, desde el Ministerio del Trabajo se dieron a conocer los aspectos que compone la iniciativa que fue construida en conjunto con los sindicatos, empresarios y expertos.
El borrador incorpora varios cambios significativos en torno a la propuesta inicial planteada por el actual Gobierno, donde uno de los más notorios es el relacionado al polémico subsidio que el presidente Gustavo Petro pretende brindar a los adultos mayores que no alcancen a pensionarse.
Del lado del propio Gobierno se había indicado que el subsidio sería el equivalente a medio salario mínimo (más de $500.000 si se tiene en cuenta el mínimo que rige en este 2023). Sin embargo, varias voces en torno a esta punto de la reforma advirtieron del impacto fiscal que representaría el otorgar una renta básica de ese valor, considerándolo inviable en el corto plazo.
Pero, como resultado de las sesiones de trabajo en la subcomisión de reforma pensional, se logró bajar el monto a $223.000, lo que es tres veces superior al subsidio que actualmente otorga el programa Colombia Mayor. “Esta renta será ampliada de acuerdo al crecimiento económico del país”, indicó el Ministerio, resaltándose además que ese apoyo a los adultos mayores más vulnerables del país será administrado por el Departamento para la Prosperidad Social o quien el Gobierno Nacional defina.
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Se indica también en el borrador de la iniciativa que para recibir este subsidio, que beneficiaría a más de 2 millones de personas en el país, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1) Ser ciudadano (a) colombiano (a); 2) Tener mínimo 65 años de edad; 3) Integrar el grupo de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad; y 4) Acreditar residencia en el territorio colombiano mínimo de 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acceder a la renta básica solidaria.
Ya no son tres, sino cuatro pilares
Otro de los cambios que trae el borrador de la reforma pensional, frente a la propuesta inicial del Gobierno nacional, es el relacionado con la estructura de los pilares. Desde el Ministerio del Trabajo, cuando se informó sobre esta iniciativa, se indicó que esta giraría en torno a tres pilares: el primero, dirigido a otorgar una renta básica a los adultos mayores que no se pensionaron; el segundo, administrado por Colpensiones y al que estarían quienes ganen hasta cuatro salarios mínimos; y el tercero, a cargo de los fondos privados que manejaría las cotizaciones de los que devenguen más de cuatro salarios mínimos.
No obstante, en el documento que será presentado al Congreso de la República, se indica que la iniciativa gira en torno a cuatro pilares: Pilar Solidario, Pilar Semicontributivo, Pilar Contributivo y Pilar Ahorro Individual Voluntario.
En el caso del primero, cobija el subsidio para quienes no alcancen la pensión; mientras que el segundo contempla otorgar una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una Administradora de los Fondos de Pensiones.
Con respecto al tercero, cobija todas las entidades autorizadas para cotizar pensión. Sin embargo, para los que ganen hasta 3 salarios mínimos, estas serán administradas por Colpensiones, y aquellos que devenguen más del tope anterior estarán bajo las AFP o Administradoras de los Fondos de Pensiones. Y el último pilar, lo integrarán las personas que hagan un ahorro voluntario a través de los mecanismos que existan en el sistema financiero, logrando con ello, obtener una mejor pensión.
Otras disposiciones
El borrador de la reforma pensional establece la creación de un fondo para el ahorro “que evitará cualquier impacto al mercado de valores y adquisición de TES o títulos de deuda pública. Los dineros que tienen los afiliados en sus cuentas de ahorro continuarán siendo administrados por las AFP, Administradoras de Fondos de Pensiones y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones”.
Además, se establecen condiciones especiales para la mujer, otorgando una reducción en la cantidad de semanas mínimas, de 50 semanas por cada hijo sin que supere los 3 hijos, es decir, 150 semanas para compensar el trabajo de cuidado. Al igual que se indica que las pensiones de invalidez y de sobreviviente continúan igual, con los mismos requisitos, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.
Se respetarán los derechos adquiridos, es decir, las personas pensionadas continúan en las mismas condiciones y se establecerá un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema que cuenten con 1000 semanas, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (Ley 100 de 1993).
“El proyecto de reforma pensional, Cambio por la Vejez, busca unificar y complementar el sistema pensional entre los fondos privados y Colpensiones, que permita mayor cobertura del sistema y promueva la justicia social para la población que no tiene la posibilidad de acceder a una mesada pensional”, puntualizó el Mintrabajo.