REFORMA TRIBUTARIA
Reforma tributaria 2022: el cara a cara que hizo la Dian entre lo que hay y lo que viene
Cambios en cobros tributarios en pensión de invalidez, el impuesto que pagarán las empresas, qué hay que pagar cuando se vende la casa. El 4x1000 no se fue pero cambió. Este es el comparativo de la autoridad, artículo por artículo.
Por estos días, los contadores colombianos, con lápiz en mano, hacen cuentas para establecer quién quedó tocado con la propuesta de reforma tributaria que radicó en el Congreso de la República el gobierno de Gustavo Petro.
Pues bien, la propia Dian, liderada ahora por Luis Carlos Reyes, quien fuera director del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, y que en sus viejos tiempos hacía ejercicios comparativos, realizó el de la propuesta tributaria 2022. He aquí los resultados del cara a cara.
El impuesto de renta es uno de los que más le aporta al recaudo tributario nacional, según los informes periódicos que presenta la Dian. Pero, principalmente, debe promover la progresividad. Con esa premisa se introdujo una modificación a la norma actual, que tiene que ver con las pensiones de jubilación, invalidez y muerte del titular.
Impuesto a pensión de invalidez
De esa manera, si lo que rige actualmente es lo que estableció que cuando el pago mensual de esos beneficios exceda 1.000 UVT (a hoy serían unos 38 millones de pesos) quedarían gravados en esa parte, ahora el cambio no es menor.
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En la reforma tributaria se establece que “las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales estarán gravadas solo en la parte del pago anual que exceda de mil setecientos noventa (1.790) UVT”.
La modificación, leída con rapidez, suena inocua, pero no hay tal: 1.790 UVT al año son 68 millones de pesos, lo que daría una cifra mensual de aproximadamente 5,6 millones o menos. No obstante, el tema no puede ser abordado de manera tan literal, pues, como se sabe, en el país el esquema tributario tiene otras arandelas, como las famosas tablas con las que se intenta generar progresividad. En consecuencia, SEMANA confirmó con autoridades del gobierno y estableció que ninguna pensión inferior a 10 millones de pesos pagaría impuesto.
¿Qué cambia con la renta a las empresas?
Es bien sabido que a partir del año gravable 2022 la tarifa es del 35 %, debido a una modificación que se introdujo en la reforma tributaria 2021, cuando se presentó el estallido social y los empresarios alzaron la mano para asumir una mayor carga tributaria. Ahora, con la reforma nueva, aunque la expectativa era que le bajaran la tarifa de nuevo, con la condición de que generan empleo, les mantienen la misma cifra, sin establecer con claridad si será permanente o no.
Sin embargo, hay una propuesta de modificación en un parágrafo, a través del cual, se quita un beneficio tributario que tenían varios sectores por construir o remodelar. Así, si antes tenían una tarifa de renta menor los que construyeran hoteles, servicios de ecoturismo, construcción de arrendamiento por leasing, entre otros; ahora la ‘gabela’ solo se deja para “las rentas obtenidas por las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta del orden departamental, municipal y distrital, en las cuales la participación del Estado sea superior al 90 % que ejerzan los monopolios de suerte y azar y de licores y alcoholes”. Estarán gravadas a la tarifa del 9 %.
Si va a vender la vivienda
La reforma tributaria, como lo había prometido Petro durante la campaña, intenta corregir inequidades. La propiedad de la vivienda no escapa a ello.
En estos momentos, si una persona venderá la casa o el apartamento, la utilidad generada está exenta de impuesto a partir de 7.500 UVT, lo que equivale a 285 millones de pesos. Ahora, se baja el umbral a 3.000 UVT, es decir, 114 millones de pesos.
“Estarán exentas las primeras tres mil UVT de la utilidad generada en la venta de la casa o apartamento de habitación de las personas naturales contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios”.
Se acaba el 4 x 1.000 para quienes hagan movimientos menores a $13,3 millones al mes.
— Luis Carlos Reyes (@luiscrh) August 10, 2022
Ya existe una exención para una sola cuenta bancaria marcada. En adelante, los bancos deberán consolidar información entre ellos para que la exención aplique sin necesidad de marcar la cuenta. pic.twitter.com/YBLBCkudXi
El 4x1000 no se fue, pero casi
Ha sido reiterativo en estudios de diversa índole, que el 4x1000 es un impuesto que impacta la inclusión financiera y estimula a los ciudadanos a guardar la plata debajo del colchón, realizar transacciones en efectivo y otras prácticas que no son sanas para la economía, pues lo ideal es que toda transacción sea visible, a fin de que la fiscalización del pago de impuestos pueda ser más eficiente, lo que genera equidad: todos aportando para que el país se desarrolle.
Voceros de los bancos habían mencionado que ya casi nadie pagaba el 4x1000 o transacciones a los movimientos financieros, pues cada persona podía quedar exonerado, si tenía una cuenta marcada. Aún así, el gravamen ponía plata a la bolsa pública y lo que se le oyó decir el ministro Ocampo, previo a la radicación de la reforma tributaria, era que no lo eliminaban porque no había con qué reemplazarlo.
No obstante, la medida introducida en la propuesta legislativa que fue radicada en el Congreso de la República, hizo un cambio sustancial. No será necesario marcar una sola cuenta, todas podrán quedar exentas del 4x1000, hasta movimientos de 13,3 millones de pesos al mes.