Reforma Tributaria
Reforma tributaria: ¿cómo quedó al fin el impuesto a los alimentos?
Esta semana se cumplirán los últimos trámites de esta iniciativa en el Congreso.
Finalmente, la reforma tributaria del presidente Gustavo Petro cumplió sus trámites legislativos y se alista para ser una realidad a partir del próximo año, luego de varios debates en el Senado y la Cámara de Representantes y en medio de una fuerte polémica por los impuestos que pasaron y los que finalmente se cayeron, como el de las iglesias; así mismo, por la fuerte oposición que se dio desde el sector empresarial.
A este proyecto le resta un debate de conciliación, el cual se cumplirá esta semana. Serán 20 billones de pesos los que busca recaudar el Gobierno nacional con esta iniciativa, que amplió la base gravable y le meterá la mano al bolsillo a todos y no solo a los más ricos, como prometió inicialmente el presidente de la República. Dentro de las buenas noticias destaca que se salvó el último Día sin IVA de este año.
En medio de todo el debate, uno de los interrogantes de muchos ciudadanos es: ¿cómo quedó finalmente el impuesto a los alimentos? Puesto que si bien esa fue una de las banderas del actual Gobierno, durante el trámite en el Congreso se hicieron muchos ajustes como, por ejemplo, la exclusión del pan de barrio, así como una larga lista de lácteos entre los que destaca la cuajada.
De acuerdo con el texto, que se alista para su debate final de conciliación, quedaron (según la partida arancelaria 19.05 del Decreto 1881 del 2021) las arepas precocidas y otros “productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas, y productos similares”.
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A todos estos se sumarán finalmente los mecatos, las albóndigas, las barritas de cereal, el chocolate de mesa, el Chocoramo y las salchichas; así como los paquetes de papas, platanitos, rosquillas y hasta las achiras. Las bebidas azucaradas también entraron en esta categoría y, por tanto, deberán empezar a tener un pago adicional de impuestos.
Cabe resaltar que según lo que dice el proyecto de reforma tributaria, el gravamen no será inmediato, sino que se aplicará de manera progresiva a partir del 2023 y hasta el 2025, año en el que finalmente quedarán con un 25 % de cobro adicional a su valor, los cuales serán pagados directamente por el consumidor.
Otro ajuste importante con los alimentos ultraprocesados y las bebidas azucaradas tiene que ver con la acogida del artículo que estableció que empezará a regir a partir de noviembre del 2023 con el objetivo de darle un plazo a las compañías para adaptarse a la nueva tributación.
Los impuestos que salieron de la reforma
El primero de los que se eliminó fue la tarifa diferencial en renta para las pyme y mipymes, una propuesta que fue aprobada en la Cámara de Representantes, pero no en el Senado y buscaba un gravamen de 30 % en lugar de 35 %. Esto al final se tumbó, puesto que, según congresistas como la senadora Clara López, se presta para fomentar la evasión.
“Una tarifa diferencial abre un boquete enorme a la evasión fiscal por cuanto permite fraccionar las utilidades metiéndolas en empresas que tengan menor tarifa y dejando las pérdidas en las de alta tarifa”, aseguró la senadora Clara López, del Pacto Histórico, una de la conciliadoras del proyecto de reforma tributaria.
Otra de las sorpresas corrió por cuenta del denominado ‘impuestos a las iglesias’. En el Congreso de la República no hubo poder humano que dejara pasar este gravamen a las iglesias, con el propósito de gravar la actividad comercial que realizan y que es ajena al culto de esas instituciones religiosas.
Dentro de los argumentos presentados por los defensores del impuesto a las iglesias estaba el hecho de que, al tener actividades comerciales, compiten de manera desigual con las empresas que también lo hacen y que pagan impuestos. No obstante, al final la votación quedó en contra de su aprobación.