CRÉDITOS

Superfinanciera extiende plazo del programa que ayuda a deudores en aprietos a refinanciar créditos

Así podrá acogerse. Se trata del programa de acompañamiento a deudores (PAD). Irá hasta el 31 de agosto.

1 de junio de 2021
Jorge Castaño, superintendente financiero. | Foto: Alejandro acosta / istock

Previendo que la situación de la pandemia se ha extendido, con un pico de contagio que, además, ha sido más fuerte de lo esperado, La Superintendencia Financiera tomó la decisión de extender el plazo del llamado Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD), el cual, ha permitido un alivio a 2,2 millones de deudores que han podido redefinir sus créditos, ante las dificultades para pagarlos en las condiciones que traían antes de la crisis.

“El PAD es un mecanismo para la gestión del riesgo de la cartera de los establecimientos de crédito. El objetivo es establecer condiciones para brindar soluciones estructurales a los deudores cuya situación económica y financiera se ha visto impactada como consecuencia del fenómeno del Covid-19″, sostuvo la Superfinanciera a través de un comunicado, en el que además expresa que hasta ahora, no solo se han redefinido créditos por un valor de $36,1 billones, sino que el 90,3% de esta cartera ha logrado mantenerse al día en el pago.

Por esa razón, a la par con la resolución del Ministerio de Salud, que extendió la emergencia sanitaria por covid-19 hasta el 31 de agosto, la Superfinanciera emitió la Circular Externa 012 de 2021, a través de la cual extiende el PAD hasta esa misma fecha.

La intención de la medida es continuar consolidando una transición ordenada en sus hábitos de pago en condiciones de viabilidad financiera, y se mantenga una oferta sostenible del crédito.

Según la circular, el PAD continuará en las mismas condiciones originales establecidas, lo que implica que las entidades financieras podrán establecer soluciones estructurales de pago mediante redefinición de condiciones de los créditos, cuando los deudores tengan una afectación de sus ingresos o su capacidad de pago como consecuencia de la situación originada por el Covid-19.

Algunas variaciones

Según la Superfinanciera, “para el proceso de otorgamiento de nuevos créditos y la redefinición de los mismos, las entidades vigiladas podrán establecer procedimientos que empleen información alternativa que les permita obtener una percepción razonable y objetiva sobre la capacidad real o potencial de pago del deudor y que reconozca variables adicionales sobre la reactivación del sector económico donde se desempeña y su capacidad de generación de ingresos”.

De igual manera, la entidad de vigilancia del sector enfatiza en que, “los establecimientos de crédito deberán continuar con la constitución de la provisión general de intereses sobre los intereses causados no recaudados, mientras se mantengan vigentes los periodos de gracia y prórrogas otorgadas con ocasión de las Circulares Externas 007 y 014 de 2020 y de la implementación de las medidas del PAD”.

Periodos de gracia

La nueva circular también establece que “los establecimientos de crédito deberán mantener en sus análisis, la estimación prospectiva del potencial deterioro en la cartera de crédito asociado a la actividad económica de los deudores, los periodos de gracia y demás medidas adoptadas en virtud de las Circulares 007 y 014 y de la implementación de las medidas del PAD.”

Según la normativa, “a partir del 1 de septiembre de 2021, con la información financiera del cierre mensual del mes de agosto del mismo año, se dará inicio al proceso de reconstitución del componente contracíclico de las provisiones individuales de las carteras de consumo y comercial y de la provisión general de las carteras de vivienda y microcrédito, por un periodo máximo de 2 años”.