Economía
¿Un desempleado debe pagar impuestos en Colombia? Esto es lo que dice la ley
Esto es lo que dice la legislación sobre los desempleados del país y los impuestos.
Hace poco más de una semana, el Dane reveló el dato de desempleo para el mes de junio, que demostró un comportamiento favorable para la tasa de desocupados que tiene el país actualmente.
La cifra, se ubicó en 10,5% y siguió con la tendencia a la baja que ha registrado durante los últimos meses. Pese a ello, aún hay millones de colombianos que todavía no encuentran un trabajo formal.
Una de las preguntas que muchos en esta situación se hacen es si tendrán que seguir pagando impuestos pese a no recibir ingresos. Esto sería lo que podría pasar.
Tenga en cuenta que ninguna ley colombiana lo exime del pago impuestos por no contar con un empleo. Por ello debe estar atento a los diferentes impuestos que debe cancelar, como el predial, de automotores y hasta con el impuesto sobre la renta.
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Este último es uno de los más importantes, pues aunque usted no tenga empleo, si durante el año fiscal hizo transacciones por más de 53 millones de pesos, seguramente tendrá que declarar y pagar este tributo, sin importar si fueron hechas con tarjeta de crédito u otro medio de pago.
Otra de las razones para que tenga que declarar este impuesto, así no cuente con trabajo, es que cuente con un patrimonio bruto al final del año gravable que sea superior a 171 millones de pesos.
Es importante que investigue a tiempo, en el portal de la Dian, si debe o no presentar estos impuestos, pues no hacerlo puede acarrear costosas multas y otras sanciones. Recuerde que el plazo para presentar la declaración será entre el 9 de agosto y el 19 de octubre del 2023.
La sanción mínima impuesta por la Dian actualmente es de $424.000. Si reporta fuera de la fecha límite, así sea por un día de diferencia, deberá cancelar ese valor.
La nueva plataforma de la Dian para agilizar la declaración de renta
La entidad espera lanzar una nueva versión de la interfaz web destinada a la presentación de la declaración de renta para personas naturales a partir del 18 de septiembre.
Esta actualización busca simplificar el proceso y mejorar la experiencia de usuario, facilitando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, con el fin de fortalecer la virtualidad y evitar las largas filas y tener que gastar tiempo realizando este trámite de forma presencial.
Como parte de estas mejoras, la DIAN ha realizado cambios en el proceso de habilitación de cuenta e ingreso a la sesión de usuario en los servicios en línea, así como en la recuperación de contraseñas de acceso. Estos cambios, implementados a finales de julio, buscan simplificar y agilizar el acceso a los servicios digitales, reduciendo barreras y dificultades para los contribuyentes.
Para garantizar una transición exitosa y efectiva hacia estas nuevas plataformas y procesos, la DIAN tiene previsto brindar capacitaciones y dar a conocer en detalle las características y mejoras que incorpora esta nueva versión. La idea es que los contribuyentes puedan familiarizarse con las novedades y optimizar su experiencia al momento de presentar su declaración de renta.
Es importante tener en cuenta que el calendario tributario para la declaración de renta inició el pasado 9 de agosto y se extenderá hasta el 19 de octubre, mientras que esta autoridad recomienda a los contribuyentes verificar su fecha límite de declaración, la cual se determina a partir de los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) sin el dígito de verificación.
Los contribuyentes que están obligados a presentar la declaración de renta incluyen a las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes en Colombia que cumplan con ciertos criterios. Estos criterios incluyen tener un patrimonio bruto superior a $171.018.000 a finales de 2022, ingresos brutos iguales o superiores a $53.206.000 durante el año 2022, consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos totales, consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por un valor acumulado superior a $53.206.000 durante 2022, y ser responsable del Impuesto sobre las Ventas (IVA) al cierre de 2022.