Legislación tributaria
Ya hay más de 527.000 emisores de factura electrónica en Colombia
La facturación electrónica cumplió 25 años en la legislación tributaria en Colombia.
En Colombia ya hay más de 527.000 facturadores electrónicos y la Dian continúa con el plan de modernización incorporando nuevos servicios y documentos.
Fueron expedidas las resoluciones 0000015, 0000013 del 11 de febrero y 000012 del 9 de febrero del 2021, relacionadas con el sistema de factura electrónica.
La 0000015 reglamenta el registro de la factura electrónica como título valor (RADIAN), lo que permitirá que los facturadores puedan registrar eventos como cambios de titularidad de estos documentos, brindando confianza entre las partes para transacciones que facilitan obtener liquidez inmediata, como el factoring.
La implementación del RADIAN continúa con el piloto, en el cual están participando 10 gremios, y se espera concluya hacia el mes de abril de 2021, cuando los participantes estén listos para transmitir eventos de las facturas electrónicas, como la transferencia de dominio.
Por otro lado, la resolución 0000013 incorpora al sistema de factura electrónica la funcionalidad del documento soporte de pago de nómina, que les permitirá a los sujetos obligados a su implementación reportar sus costos y deducciones para que la Dian les ofrezca nuevos servicios a los empleadores.
El primer grupo, de los seis definidos como responsables de expedir electrónicamente el documento soporte de pago de nómina, deberá hacerlo a partir del mes de julio del año 2021 y el último lo hará en diciembre de este año.
Por último, la resolución 000012 modifica la resolución 000042 de 2020 e incorpora en el anexo técnico lo requerido para el funcionamiento del registro de factura electrónica como título valor RADIAN, la adopción del formato electrónico del documento soporte en adquisiciones con no obligados a facturar y realiza precisiones sobre algunos aspectos de la factura electrónica.
Con estos tres actos administrativos, la Dian continúa el fortalecimiento del sistema de factura electrónica, brindando nuevos servicios en la plataforma, con el fin de que los contribuyentes y responsables puedan seguir modernizando su operación, al igual que la entidad viene haciéndolo, realizando acciones para ser más moderna, cercana a sus usuarios, con más y mejores servicios impulsados por el mundo electrónico.
Hay que señalar que la facturación electrónica cumplió 25 años en la legislación tributaria en Colombia, pero solo hasta 2021 alcanzará su masificación total, lo que generará ahorros anuales por $ 4,3 billones, según señaló en 2020 la Dian.
¿Qué es la factura electrónica?
Es la evolución de la factura tradicional y para efectos legales tiene la misma validez que el papel; sin embargo, se genera, valida, expide, recibe, rechaza y conserva electrónicamente, lo que representa ventajas. Tributariamente, es un soporte de transacciones de venta de bienes y/o servicios.
Beneficios de la factura electrónica
1. Automatiza y minimiza procesos manuales.
2. Devoluciones y declaraciones automáticas.
3. Reduce costos frente al papel.
4. Optimiza la búsqueda de documentos.
5. Fomenta la desmaterialización de documentos de negocio.
6. Potencializa el factoring electrónico.
7. Mejora la relación con clientes y proveedores.
8. Es muy segura, difícilmente falsificable.
9. Facilita el intercambio de documentos.
¿Quiénes deben facturar electrónicamente?
1. Personas jurídicas que enajenen bienes y/o servicios.
2. Personas naturales que enajenen bienes y/o servicios con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT.
3. Personas naturales contratistas del Estado con ingresos brutos superiores a 4.000 UVT.
4. Personas naturales diferentes de minoristas, artesanos, agricultores y ganaderos con ingresos inferiores a 3.500 UVT, pero: con más de un establecimiento de comercio, explotación de intangibles, usuarios aduaneros, y consignaciones e inversiones superiores a 3.500 UVT.
5. Contribuyentes que optaron por el Régimen Simple de Tributación – RST.
¿Qué se necesita para facturar electrónicamente?
1. Software de facturación electrónica.
2. Certificado digital de firma.