Economía
¿Hasta cuándo puede acogerse al pago por cuotas del predial en Bogotá?
La medida es vigilada por la Secretaría de Hacienda Distrital.


En Bogotá, el pago del impuesto predial se presenta como una de las principales cargas tributarias para los propietarios de inmuebles en la ciudad.
Sin embargo, el Distrito ofrece mecanismos para facilitar el cumplimiento de esta obligación, entre los que destaca el pago por cuotas. Esta opción busca aliviar la carga económica de los contribuyentes y permitirles cumplir con sus responsabilidades fiscales de manera más accesible.

¿Qué es el pago por cuotas del predial?
El pago por cuotas del impuesto predial en Bogotá es una modalidad que permite a los contribuyentes dividir el monto total del impuesto en varias partes, con el fin de facilitar su pago.
Esto significa que, en lugar de abonar el monto completo de una sola vez, los propietarios de inmuebles pueden optar por realizar pagos fraccionados a lo largo del año, según las condiciones y plazos establecidos por la Secretaría de Hacienda Distrital.
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El objetivo de esta medida es ofrecer una alternativa que se ajuste a las posibilidades económicas de los contribuyentes, especialmente cuando se trata de montos elevados. Este mecanismo permite a los propietarios planificar de mejor manera su flujo de caja y evitar la presión de tener que hacer un solo pago grande.
¿Quiénes pueden acogerse a este beneficio?
El acceso al pago por cuotas del impuesto predial en Bogotá está disponible para todos los contribuyentes que sean propietarios de inmuebles dentro de la ciudad. Sin embargo, existen ciertos requisitos y condiciones que deben cumplirse para acogerse a este beneficio.
Uno de los principales requisitos es que el contribuyente no tenga deudas pendientes con el Distrito en relación con el impuesto predial o con otras obligaciones tributarias. Esto es una condición fundamental, ya que quienes tengan morosidad en sus pagos previos no podrán acceder al beneficio de pago por cuotas.

Condiciones y plazos
El pago por cuotas del impuesto predial en Bogotá se realiza mediante la distribución del valor total del impuesto en un número determinado de plazos.
Las personas que estén interesadas en el pago del predial por medio de este formato deberán presentar la declaración por medio de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda antes del 9 de mayo de 2025.
La Secretaría de Hacienda establece un calendario con las fechas límite para el pago de cada cuota. Es importante que los contribuyentes respeten estos plazos, ya que el incumplimiento puede acarrear sanciones e intereses moratorios.
- Pago cuota 1, el 6 de junio de 2025
- Pago cuota 2, el 8 de agosto de 2025
- Pago cuota 3, el 3 de octubre de 2025
- Pago cuota 4, el 5 de diciembre de 2025