Camilo Cuervo (Foto para columna)

OPINIÓN

Jornada de 4 días: ¿adaptación anticipada o novedad?

Tarde o temprano asumiremos este y otros muchos cambios que se avizoran en las relaciones laborales.

4 de febrero de 2022

La semana pasada fue noticia una empresa que decidió reducir a cuatro días la jornada laboral de algunos de sus trabajadores. A pesar de que fue una excelente campaña publicitaria, la figura no es novedosa y, de hecho, podría ser una de las consecuencias de la reducción de la jornada de trabajo que se aprobó en 2021 y que se implementará progresivamente en los próximos años.

Lo primero que debemos indicar es que esa figura existe desde hace varios años y se aplica de forma generalizada en empresas con horario de oficina, solo que no funciona con cuatro días, sino con cinco. De acuerdo con el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo, las partes pueden pactar la distribución de las horas laborales de una semana laboral de seis días en cinco, con el propósito específico de no laborar los sábados.

De hecho, en otras jornadas especiales que existen hace más de 70 años, como la jornada por turnos del artículo 165 del mismo código, se permite distribuir la jornada de 48 horas semanales en los días y con la intensidad horaria que acuerden las partes –incluso mucho más de 8 horas diarias–, permitiendo, por ejemplo, laborar 12 horas diarias durante cuatro días con el mismo efecto de la jornada que hoy se anuncia como “novedosa” y audaz.

Pues bien, siendo claro que no hay nada realmente nuevo, existen algunos aspectos del anuncio empresarial y publicitario de la semana pasada que vale la pena rescatar y analizar.

Para empezar, debemos resaltar que la figura que ha previsto esa empresa, en principio, no implicaría ampliar la jornada diaria ni disminuir salarios. Es decir, los trabajadores recibirán su salario normal, pero trabajarían menos horas. Según se indicó eso es posible porque luego de los aislamientos de la pandemia, ellos descubrieron que podían ser más productivos toda vez que en menos días podían hacer lo mismo que venían haciendo. Si eso fuera cierto y medible, sería ideal: trabaje menos tiempo, rinda más y gánese lo mismo.

Cuando tocamos ese punto, se abre otra discusión. Para la muestra un botón: el gran paradigma de la presencialidad, en contraposición al teletrabajo, es y seguirá siendo la productividad. En ese aspecto existen muchos imaginarios e incluso estudios con aparente respaldo científico para todos los gustos.

De un lado, muchos indican que asistir presencialmente evita distracciones personales y familiares haciendo que las personas rindan más, pero de otro lado, otros concluyen que laborar en ambientes tranquilos, familiares y sin gastar tiempo en desplazamientos hace que los trabajadores produzcan mucho más. Sobre eso, se diga lo que se diga, no hay consenso, ni mucho menos fórmulas perfectas.

Lo único realmente claro es que la productividad, entendida como trabajar menos tiempo y rendir más, no es tan simple como reducir jornadas por mandato legal; es un tema de cultura organizacional, entrenamiento, disciplina, pero sobre todas las cosas, de compromiso recíproco. Si un trabajador se siente valorado, bien remunerado, bien tratado y tiene la bases educacionales y éticas necesarias para trabajar, normalmente se preocupará por generar mayor valor a su empleador. Otro aspecto que debe resaltarse de la “apuesta” que hizo esa empresa por reducir su jornada a cuatro días semanales, es adelantarse a un cambio que todas las empresas deberán asumir, quiéranlo o no, ya sea con una reducción en las horas diarias de trabajo o en los días laborables.

La Ley 2101 de 2021 reducirá la jornada de trabajo progresivamente hasta alcanzar una intensidad de 42 horas semanales en 2026. Lastimosamente esa norma, además de inconveniente e inoportuna, dejó muchos vacíos y preguntas que todavía nadie puede resolver, simplemente porque hasta hoy nada ha cambiado. Por ejemplo, ¿la reducción implica que la jornada máxima diaria también se reduce para establecerse en siete horas diarias con seis días laborables? ¿El cambio implica menos días de trabajo, pero la jornada diaria no se afecta? ¿Se acaba el trabajo en sábados y cuando se labore será suplementario?

Como en todo, existen distintas posiciones y respuestas, pero amanecerá y veremos. Rescatable que ya existan empresas proyectando cómo asumirán ese gran impacto que nadie previó cuando se expidió la norma.

Finalmente, es claro que reducir los días de trabajo puede resultar muy atractivo, pero no todas las empresas y actividades pueden darse ese lujo. Con jornadas de 48 o 42 horas semanales, pase lo que pase, muchos establecimientos deberán funcionar todos los días e incluso todas las horas, por ende, pensar en “generalizar” ideas y estructuras legales no siempre es tan bueno como se cree.

Tarde o temprano asumiremos este y otros muchos cambios que se avizoran en las relaciones laborales. Terminaremos adaptándonos como siempre lo hacemos, sin embargo, mientras tanto, el tema será tortuoso y costoso. Muchas empresas no lo lograrán, otras lo aprovecharán, pero es una realidad y debemos prepararnos desde ahora porque el tiempo pasa muy rápido y la reducción de jornadas está a la vuelta de la esquina.

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