EMPRESAS
Protocolos que salvan vidas
La OMS y el Gobierno han diseñado estrategias bioseguras para ser implementadas en el sector productivo y la comunidad en general con el fin de minimizar el impacto del contagio de la Covid-19 durante la reactivación, luego del confinamiento.
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el concepto de Bioseguridad es un conjunto de normas y medidas para proteger la salud del personal, frente a riesgos biológicos, químicos y físicos a los que está expuesto en el desempeño de sus funciones, también a los pacientes y al medio ambiente.
Bajo esta premisa, y ante la reactivación de la economía luego del confinamiento que buscaba frenar la propagación de contagios por la Covid- 19, se han desarrollado protocolos de acompañamiento que permitan esas reaperturas de los sectores productivos en el mundo entero.
De acuerdo con el Ministerio de Salud, un protocolo de bioseguridad es un conjunto de normas y medidas de protección personal, de autocuidado y de protección hacia las demás personas, que deben ser aplicadas en diferentes actividades que se realizan en la vida cotidiana, en el ambiente laboral, escolar, etc., que se formulan con base en los riesgos de exposición a un determinado agente infeccioso y, que están orientados a minimizar los factores que pueden generar la exposición al agente y su transmisión.
Es así como a través de la Resolución 666, el Ministerio de Salud los estableció para mitigar, controlar y realizar un manejo adecuado de la pandemia en todos los sectores económicos del país, así como en actividades sociales y sectores de la administración pública.
El ámbito de aplicación de los protocolos de bioseguridad de dicha resolución comprende todos los empleadores y trabajadores del sector público y privado, aprendices, cooperativas o de pre cooperativas de trabajo asociado, afiliados partícipes, contratantes públicos y privados, contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios, de los diferentes sectores económicos, productivos y entidades gubernamentales que requieren desarrollar sus actividades durante el periodo de la emergencia sanitaria y las ARL.
La vigilancia y cumplimiento de los protocolos de bioseguridad de las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública complementarios a la Resolución 666 está a cargo de la Secretaría Municipal o Distrital o la entidad que haga sus veces, que corresponda a la actividad económica, social o al sector de la administración pública de acuerdo con la organización administrativa de cada entidad territorial municipal o distrital.
Por su parte, la Organización para las Naciones Unidas (ONU) y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, desarrollaron un completo protocolo de acompañamiento cuyo principal objetivo es asegurar que la reactivación industrial se realice aplicando las medidas posibles para la prevención del contagio con el fin de proteger la salud de los trabajadores, los clientes y la continuidad del negocio.
En él se establecen herramientas que se basan en buenas prácticas organizacionales y recomendaciones por las autoridades y entidades en materia de salud y comercio que, en su conjunto, buscan servir de apoyo a las organizaciones para la toma de decisiones en cuanto a los ajustes que se deben darse durante el proceso de reactivación.
Dicho protocolo se fundamenta en cuatro pilares con recomendaciones que pueden ser implementadas, considerando las áreas productivas, de gestión estratégica y de relación con sus partes interesadas, teniendo siempre como propósito central la protección de la salud de las personas durante la reactivación del negocio.
Para la OMS, la pandemia es una crisis sanitaria que ocurre una vez cada cien años y cuyos efectos se dejarán sentir durante decenios, por lo cual, es clave mantener y aplicar los protocolos de bioseguridad como parte esencial de la vida diaria que trae la “nueva normalidad”, una vez iniciado el proceso de reapertura y reactivación de la producción en el país y el mundo entero. Es una herramienta para salvar vidas.