Javier Gutiérrez, Presidente de Ecopetrol.

Investigación

Ecopetrol Vs. Pacific

La Procuraduría se inclina a favor de Ecopetrol en un conflicto arbitral con Pacific Rubiales por la propiedad del campo Quifa.

7 de marzo de 2013

El artículo La magia de Pacific, publicado por Dinero en su edición 393 (marzo del año pasado), incidirá en la manera cómo un tribunal de arbitramento fallará en breve una controversia entre la multinacional de origen canadiense y Ecopetrol.

La pieza periodística fue citada por la Procuraduría en un concepto de 47 páginas en el que les pide a los árbitros que diriman a favor de Ecopetrol una controversia cuyo núcleo es la cláusula de mayores precios prevista en el contrato de participación en la producción del pozo Quifa, en los Llanos Orientales.

En el artículo, que consultó con amplitud a directivos de Pacific, se revela que cuando la producción de Quifa llegó a un acumulado de cinco millones de barriles y el precio del barril superó los US$40, el J.P. Morgan les advirtió a los inversionistas que la participación de Ecopetrol crecería automáticamente y que esto podría afectar la acción de la canadiense en la Bolsa, como efectivamente ocurrió.?El texto fue llevado al expediente por iniciativa del testigo Camilo Vela, una de las personas mejor enteradas de la manera en que Meta Petroleum Corp. –hoy propiedad de Pacific– y Ecopetrol firmaron el otrosí que contiene la cláusula de la discorida.

Según se desprende del concepto del órgano de control, dicha cláusula establece que la participación de Ecopetrol, cumplido el acumulado de los 5 millones de barriles, crecería porcentualmente y se calcularía sobre 100% de la producción, después de regalías.

No obstante, Pacific sostiene exactamente lo contrario: que la participación no se puede calcular sobre 100%, ya que la participación de la estatal petrolera es de 40% y los beneficios derivados de la producción no pueden exceder el 60% que está en manos de la multinacional.

El concepto, emitido por la procuradora quinta judicial, Luz Esperanza Forero de Silva, no tiene fuerza vinculante. Esto significa que puede ser acogido o no por los árbitros, cuyo pronunciamiento se espera para este 13 de marzo. De todas maneras, según expertos, tiene un peso jurídico específico dentro de la valoración que hará el tribunal presidido por Jaime Arrubla Paucar, expresidente de la Corte Suprema.

La Procuraduría pidió también tener en cuenta una serie de correos electrónicos que se cruzaron ejecutivos de las dos partes cuando concluyó la negociación de la cláusula motivo actual de controversia. A su juicio, los mensajes no dejan lugar a dudas sobre el acuerdo de voluntades que regía en ese momento.

El asunto, sin embargo, no es tan simple como parece, ya que se relaciona con un contrato de características sui géneris: comenzó siendo un contrato de asociación y terminó convertido en uno de riesgo compartido. Después de la creación de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, fue renegociado.

Pacific sólo ha roto su silencio para advertir que existe una “presión” mediática con miras a que el tribunal de arbitramento falle a favor de su contraparte. Ecopetrol, a su vez, se ha negado a hacer comentarios sobre el tema. Tanto sus ejecutivos como su abogado, Carlos Medellín, explican que están obligados a respetar hasta último momento el acuerdo de confidencialidad.

En lo que sí están de acuerdo ambas partes, es en que su relación comercial no se verá afectada negativamente.