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Alertan inconsistencias en Reforma a la Educación, con el proyecto casi aprobado en el Congreso
Recientemente, la Plenaria de la Cámara aprobó en segundo debate la reforma a la educación del Gobierno Petro.
Este lunes 15 de abril, la Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en segundo debate la reforma educativa propuesta por el gobierno del presidente Gustavo Petro, bajo el título “proyecto de ley estatutaria que busca regular el derecho a la educación y se dictan otras disposiciones”.
La propuesta recibió una aprobación unánime en la cámara, con 136 votos a favor y ninguno en contra. Durante la sesión, los representantes ratificaron los 43 artículos de la iniciativa.
Entre los artículos aprobados están:
- Ampliación del derecho a la educación inicial, que incluye el acceso progresivo a los tres grados del preescolar (pre jardín, jardín y transición).
- Obligatoriedad en la educación media (grados 10 y 11).
- Se reconoce la educación superior como derecho fundamental.
Además, los artículos aprobados incorporan los principios fundamentales del derecho a la educación según la jurisprudencia de la Corte Constitucional, así como las responsabilidades de todos los actores involucrados en su garantía. Tras esta decisión, el proyecto de ley avanza ahora a su tercer debate en la Comisión Primera del Senado. A diferencia de otras reformas del Gobierno, este proyecto ha logrado un mayor consenso en el ámbito legislativo.
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El proyecto de reforma educativa tiene como objetivo asegurar el derecho a la educación desde la primera infancia, reforzar la educación en zonas rurales y para comunidades históricamente marginadas, incluyendo indígenas, campesinos y comunidades afrodescendientes. Además, busca dignificar la profesión docente y abordar otras cuestiones clave.
Y es que este proyecto ha generado críticas por parte de expertos e instituciones del sector, quienes expresan preocupaciones sobre su contenido y alcance. Con su próxima aprobación en la Cámara baja y su posterior paso a la Comisión Primera del Senado, es crucial examinar detalladamente las objeciones planteadas por estos actores.
Sobre el tema, la Asociación Colombiana de Universidades (Ascun) destaca que la educación debe ser considerada como un bien “común”, no “social”, para evitar restricciones al crecimiento de la educación privada, contrariando lo establecido en el artículo 68 de la Constitución y sugiriendo cambios en la gobernanza educativa.
Diego Mazo, rector de la institución CEIPA y experto en educación, señala que si se plantea la educación como un derecho fundamental, es necesario profundizar en el alcance de la progresividad para garantizarlo, pues es incoherente afirmar que todos los colombianos van a tener acceso a la educación si se desarrollará de manera progresiva y gradual.
“En el texto no se especifican los criterios para aplicar dicha progresividad ni los medios financieros de cómo se llevará a cabo y otros requisitos necesarios para cumplir con los compromisos de la ley. Además, no hay claridad sobre cómo financiar un sistema educativo en el que también participan instituciones privadas, ya que la capacidad de las instituciones públicas no es suficiente para atender la demanda de colombianos que requieren educación”, puntualizó Mazo.
Así mismo, enfatiza en la necesidad de fortalecer el sistema mixto de educación para garantizar este derecho, pues el proyecto de ley no es claro en cuanto a las competencias y obligaciones del Estado en relación con las instituciones públicas y privadas. “Esto implica no solo abordar el financiamiento y la gratuidad en las instituciones públicas, sino que también el papel que desempeñan las instituciones privadas en la garantía del derecho a la educación en todos los niveles”, dijo Diego Mazo.
Por otro lado, el experto asegura que otro de los puntos de preocupación de la reforma a la Ley 30 es la amplia segmentación que se hace en el articulado sobre la aplicación del derecho a la educación en diferentes subgrupos poblacionales. “Tanta segmentación podría generar brechas y desigualdades en el acceso a la misma educación, contradiciendo el principio de universalidad y equidad que debe regir este derecho fundamental”, agregó.
Ascun sugiere que algunos artículos de la reforma educativa deberían ser tratados como leyes ordinarias en lugar de leyes estatutarias. Según Ascun, la legislación estatutaria debe limitarse al núcleo esencial de los derechos fundamentales, como lo establece la Corte Constitucional, abarcando solo los artículos del 1 al 14, junto con disposiciones de vigencia y derogatoria. Esto se debe a que consideran que otros artículos de la reforma se centran en aspectos territoriales y niveles educativos sin detallar suficientemente la regulación del sistema educativo.