EDUCACIÓN
Corte Constitucional: estudiantes de Derecho sí deben presentar examen de Estado
Desde hace un año entró en vigencia una ley que exige a los nuevos abogados presentar un examen para obtener su tarjeta profesional. A pesar de que un accionante demandó la decisión, hoy la Corte Constitucional la ratificó.
No hay vuelta atrás. La Ley 1905 de 2018 que sancionó el expresidente Juan Manuel Santos con el fin de poner en cintura el ejercicio del derecho en Colombia sigue firme. Así lo ratificó la Corte Constitucional en la sentencia C-138/19 en la que indica que la abogacía implica un riesgo social, por lo tanto se le debe exigir títulos de idoneidad.
La norma, impulsada el año pasado por Angélica Lozano (Alianza Verde), Germán Navas Talero (Polo Democrático), Carlos Abraham Jiménez (Cambio Radical) y Germán Varón (Cambio Radical), quiere hacerle frente a la debilidad del sistema judicial, según los congresistas, derivado en buena medida por la pésima preparación por parte de quienes están egresando de las Facultades de Derecho del país.
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Incluso, en su momento, el representante Germán Navas, expresó que la práctica de los abogados entraña un riesgo social y por lo tanto el Estado es responsable de garantizar sus buenas prácticas. “El Estado tiene la responsabilidad de garantizar la idoneidad del ejercicio, máxime si se tienen en cuenta las estadísticas de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura sobre los abogados sancionados por faltas contra la ética profesional, muchas veces ocasionadas por vacíos en su formación".
Como la normativa fue aprobada en el Congreso y sancionada por el expresidente Santos, se ordenó entonces que, además de las Pruebas Saber Pro, los estudiantes de Derecho deben presentar un examen en donde demuestren sus conocimientos. Y, el Consejo Superior de la Judicatura debe exigir el certificado aprobatorio de la nueva prueba para poder expedir una tarjeta profesional.
Sin embargo, la normativa generó molestias entre los nuevos abogados, pues la Ley no se aplicará para todos. Este requisito solo se le exigirá a quienes se inscribieron en la carrera de Derecho en cualquier lugar del país a partir del 29 de mayo de 2018. Es decir, a los estudiantes que ya estaban cursando sus estudios o aquellos que ya se habían graduado no se les aplica la nueva norma.
Por esa razón, un accionante demandó la Ley 1905 ante la Corte Constitucional, porque a su parecer vulnera el derecho a la igualdad de los nuevos estudiantes, a quienes cobijará la normativa, pues a ellos se les exigirá aprobar la prueba, mientras que a los abogados graduados no.
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Este año el Alto Tribunal resolvió la demanda y ratificó que la abogacía implica un riesgo social, por lo tanto se le debe exigir títulos de idoneidad. “El papel que cumple el abogado en el Estado Social y Democrático de Derecho, así como también la importancia del control que respecto del ejercicio de esa profesión deben llevar a cabo las autoridades públicas, en búsqueda del interés general y la protección de los derechos de terceros. (sic) Por esa razón, en el caso de la abogacía le es dado al legislador exigir títulos de idoneidad, toda vez que, dicha profesión implica un riesgo social”. se lee en la sentencia C-138/19.
En cuanto a la vigencia de la norma demandada, la Corte encontró que la Ley se ajusta a la Constitución y el requisito debe ser aplicable solo a quienes inicien la carrera de derecho después de su promulgación.
De acuerdo con el abogado penalista y profesor de la Universidad del Rosario, Francisco Bernate, esta medida pondrá en cintura a las universidades que han flexibilizado los requisitos para quienes ejercen como abogados."Algunas universidades ya no exigen examenes preparatorios de grado, solo basta con ir a un diplomado o seminario. Y no hay que negarlo, nuestra profesión está en una crisis ética. Por eso creo que este nuevo examen es un requisito necesario".