EDUCACIÓN

El largo camino que queda para prohibir definitivamente el castigo físico en menores de edad

El proyecto de ley apoyado por la Alianza por la Niñez y el ICBF busca modificar el Artículo 262 del Código Civil que deja abierta la posibilidad de castigar “moderadamente” a los menores de edad.

17 de octubre de 2019
Colombia sería el país 58 en crear leyes tendientes a prohibir el castigo físico y sicológico como método de crianza | Foto: Getty Images

El miércoles pasado, durante la audiencia pública convocada por la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, se dio el primer paso del largo camino que se necesita para  prohibir definitivamente el castigo físico contra los hijos.

Con el proyecto de ley, que recién empezará su trámite en el Congreso, se busca modificar el Artículo 262 del Código Civil que deja abierta la posibilidad de castigar “moderadamente” a los menores de edad.

Durante la audiencia pública, el ICBF, entidad que impulsa el proyecto de ley en conjunto con la Alianza por la Niñez, presentó evidencia científica de por qué se se debe dar el cambio normativo para prohibir el uso del castigo físico como método de crianza.

Para la directora General del ICBF, Juliana Pungiluppi, es necesario eliminar la ambigüedad de la sanción “moderada” explícita en el Código Civil para así hacer frente al maltrato físico en menores.

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“Será más fácil aplicar la normatividad vigente en el Código Penal, recientemente reforzada a partir de la Ley 1959 de 2019, cuando se trate de delitos como violencia y maltrato físico y sicológico que actualmente contempla penas de entre 8 y 16 años por tratarse de menores de edad. El objetivo es tener una cultura de cero tolerancia con la violencia”, dijo la Directora.

Sin embargo, aún falta mucho para que el proyecto se vuelva ley y Colombia se convierta en el país número 58 en crear leyes tendientes a prohibir el castigo físico y sicológico como método de crianza de los hijos.

Solo hasta el primer semestre del próximo año se desarrollará el primer debate del proyecto en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes. 

Luego de esto se debe esperar que pase a la Plenaria de Representantes para lograr que finalmente sea sancionado por el presidente Iván Duque. 

“El castigo físico no modula el comportamiento”

Varios estudios científicos presentados por el ICBF evidencian cómo el castigo físico y humillante no es útil como herramienta en la crianza pues no modula el comportamiento, desdibuja el vínculo de afecto y rompe lazos de apego.

En general, los efectos se sienten en todo el ciclo de vida: está asociado a problemas de salud mental, baja autoestima, y mayor predisposición a consumo problemático de sustancias sicoactivas. 

En Colombia el tema también ha sido examinado. Dos estudios en los que participó Jorge Cuartas, investigador de la Universidad de Harvard y experto en el tema de violencia en la niñez, analizaron a más de 7.000 niños colombianos entre 0 y 16 años e identificaron el efecto negativo del castigo físico en el desarrollo cognitivo. 

Uno de los estudios encontró que niños castigados físicamente a la edad de 2 años tienen un desarrollo cognitivo menor para cuando cumplen 4 años, con una diferencia que es equivalente a 4 meses de desarrollo.

Otro estudio de la Universidad de Harvard también concluyó que los padres que viven en zonas más afectadas por el conflicto armado tienen un mayor riesgo de utilizar el castigo físico.

La evidencia sugiere que ambientes violentos incrementan el riesgo de uso del castigo físico, pero a su vez que la exposición al castigo físico aumenta el riesgo de un desarrollo atípico que puede generar la violencia y fomentar más ambientes violentos.

Sobre los castigos que podrían recibir quienes continúen con este tipo de castigo, el proyecto no contempla sanciones adicionales a las ya existentes en contra de los agresores. 

“La prohibición no es punitiva en ningún país y la Convención de Derechos del Niño al igual que la evidencia científica disponible son categóricas en recomendar que la ley no sea punitiva; no se quiere estrés adicional que genere efectos nocivos", recalcó.

Vale recordar que en la legislación colombiana el maltrato físico o psicológico a cualquier persona del núcleo familiar contempla penas de prisión entre 4 y 8 años; estas penas pueden aumentar en un 50% cuando la conducta es cometida contra un menor de edad.