Educación
Ordenan al Gobierno evaluar impacto de la pandemia en la educación y adoptar medidas
El alto tribunal también le ordenó al Gobierno que, en un plazo de un año posterior a la notificación de la sentencia, se cree una política pública de prevención ante situaciones de pandemia, especialmente en materia de educación.
Tal como SEMANA había revelado en primicia, al conocer detalles de la ponencia, la Corte Constitucional acaba de hacer un importante e histórico pronunciamiento sobre el regreso a clases. Aunque ya el regreso presencial es un hecho, varios puntos de la decisión son históricos e importantes para el buen acceso al derecho a la educación.
La noticia es que la Corte les ordenó al Gobierno nacional y a las entidades territoriales que en un plazo no mayor a seis meses evalúe todos los impactos de la pandemia en la educación, los docentes y los estudiantes. Con base en ello el Gobierno, previo aporte de los expertos, “en seis meses debe adoptar las medidas que sean necesarias para restablecer los derechos afectados por la pandemia, por ejemplo, los niños perdieron habilidades y competencias, dejaron de aprender a leer y escribir, se retrasaron en contenidos y por lo tanto no pudieron obtener los logros que exige su proceso formativo”.
De igual manera, explica la Corte, se debe retornar a la presencialidad, sin perjuicio que en algunos casos se tenga que trabajar en virtualidad o en otra modalidad.
El tema se iba a discutir en agosto, pero permaneció fuera de la agenda durante un tiempo. Cuando el tema se puso sobre la mesa esta semana, muchos cambios ha habido en la manera en la que los menores especialmente acceden a la educación.
¿Y por qué cambios? Porque, por ejemplo, se comprobó que los niños y el adolescente mencionados en el expediente habían recibido los dispositivos electrónicos solicitados y conexión a internet, o ya contaban con los mismos y pudieron desarrollar sus actividades mediante las plataformas virtuales correspondientes.
La decisión tuvo como base el caso de menores de edad que no habían podido acceder a educación de calidad durante la pandemia de la covid-19. Las dificultades de conectividad y las limitaciones de acceso a dispositivos tecnológicos los habían marginado. Sus casos llegaron a la Corte Constitucional.
De hecho, la decisión explica que en el caso de los niños mencionados en dos expedientes, durante el año 2021 estuvieron recibiendo el servicio de educación bajo una estrategia de alternancia, y en el mes de enero del año 2022 retomaron sus estudios presenciales de acuerdo con la política nacional de regreso a clases.
La ponencia estuvo en manos del magistrado Jorge Enrique Ibáñez. En este caso, la Corte le pide al Gobierno que formule una política pública de prevención ante situaciones de pandemia, catástrofes o calamidades públicas que permitan adoptar “con oportuna anticipación medidas para evitar y resolver problemas excepcionales que alteran o amenazan alterar el normal funcionamiento de la educación y de esa manera garantizar la efectividad del derecho a la educación cualquiera sea el modelo educativo aplicable en presencialidad, virtualidad o cualquiera otro”.
Por ejemplo, se pide en la decisión que, en término no mayor a seis meses, se “complementen, actualicen y/o formulen e implementen si aún no lo han hecho, un plan o conjunto de estrategias que permitan evaluar a nivel nacional y territorial el impacto que ha tenido la pandemia generada por la covid-19 en el servicio de educación, en los docentes y en los estudiantes”.
En cuanto a la solicitud de amparo del derecho a la educación de los niños y el adolescente, se configuró un hecho sobreviniente. Lo anterior, en el entendido que las circunstancias frente a la prestación de servicio a la educación han cambiado en razón a la política del Gobierno nacional de que los estudiantes retomen la educación presencial.
La Corte consideró necesario realizar un pronunciamiento adicional sobre el fondo de la problemática relativa a la prestación del servicio a la educación en el marco de la pandemia por la covid-19, “con el fin de avanzar en la comprensión de este derecho fundamental cuando se presentan escenarios como estos que constituyen una calamidad pública que impiden el desarrollo normal de los programas educativos en presencialidad, así como para prevenir que en el futuro se vulnere esta garantía constitucional en el evento de nuevos escenarios de pandemia o de otros fenómenos que exijan medidas de aislamiento total o parcial”, señala el alto tribunal.
De hecho, la Corte reconoce que la pandemia generada por la covid-19 ha traído consigo una gran cantidad de cambios y consecuencias en la vida en comunidad y las formas de relacionarse en diferentes ámbitos. El modelo educativo fue uno de los que también sufrió afectaciones.